Boletín nº 11 (17-01-2013)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 4
Córdoba

Nº. 98/2013

Don Juan Carlos Sanjurjo Romero, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba, hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1508/2012 a instancia de la parte actora D. José María Caramasaltas Mesa contra Administración Concursal de Eurocons de Maquinaria y Herramientas S.L. y Eurocons de Maquinaria y Herramientas S.L. sobre Social Ordinario, se ha dictado Resolución de fecha 23/11/12 del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva

Dispongo:

- Admitir la demanda presentada.

- Señalar  el próximo 15 de febrero de 2013, a las 1030 horas, para la celebración del acto de juicio en la sala de vistas de este  Juzgado sito en  C/ Doce de Octubre, 2 (Pasaje), Pl. 5, para el caso de que las partes no lleguen a una avenencia en el acto de conciliación a celebrar ante el Secretario Judicial.

- Citar a las partes en legal forma con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá el Secretario Judicial en el primer caso y el Juez en el segundo, tener al actor por desistido de la demanda, y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía.

- Poner en conocimiento del demandado en el momento de su citación que el actor ha solicitado prueba de su interrogatorio, y que en caso de admitirse esta por el Magistrado en el acto del juicio, se podrán tener por ciertos los hechos de la demanda en que hubiera intervenido personalmente y le resultaren en todo o en parte perjudiciales, y que en caso de que el interrogatorio no se refiera a hechos personales, se admitirá su respuesta por un tercero que conozca personalmente los hechos, si la parte así lo solicita y acepta la responsabilidad de la declaración (art. 91.2 y 91.4 L.R.J.S).

- Poner en conocimiento del demandado en el momento de su citación que el actor ha solicitado prueba documental, y que en caso de admitirse esta por el Magistrado en el acto del juicio, si los mencionados documentos no se aportan en ese momento sin mediar causa justificada, podrán estimarse probadas las alegaciones hechas por la parte contraria en relación con la prueba acordada.

- La vista señalada se celebrará sin la presencia del Sr. Secretario Judicial, pudiendo las partes solicitar al menos dos días antes de la celebración de la vista la presencia del mismo en la sala, de conformidad con lo establecido en el artículo 89 de la L.P.L.

- Dar cuenta a S.Sª del señalamiento efectuado a los efectos del art. 182 LEC.

- Tener por efectuada la manifestación de la parte actora de comparecer a juicio asistido de letrado.

- Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: Mediante Recurso de Reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

El Secretario Judicial.

Y para que sirva de notificación y citación a la demandada Eurocons de Maquinaria y Herramientas S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 19 de diciembre de 2012.- El Secretario Judicial, Fdo. Juan Carlos Sanjurjo Romero.

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