Boletín nº 19 (29-01-2013)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 325/2013

Doña Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba, hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 969/2012 a instancia de la parte actora D. Emilio Herrera Criado, Rafael Salmerón Arjona, Francisco Herrera Criado, José María García Eslava, Juan José Castillo Morales, José Manuel Castro Luna, Nicolás Martínez Burgos y Francisco García Martínez contra FOGASA y Alfonso Castillejo S.L., sobre Social Ordinario, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por don José Manuel Castro Luna, don Francisco Herrera Criado, don Emilio Herrera Criado, don Rafael Salmerón Arjona, don Nicolás Martínez Burgos, don Francisco García Martínez, don Juan José Castillo Morales y don José María García Eslava, contra la empresa Alfonso Castillejo S.L., debo condenar y siete mil quinientos setenta y un euros con cuarenta y cinco céntimos (7.571,45 €), siendo la deuda objeto de condena a favor del Sr. Castillo Morales la de cuatro mil quinientos cuarenta y dos euros con ochenta y siete céntimos (4.542,87 €), en concepto de principal, más 691,89 € y 415,13 € en concepto de intereses respectivamente y las costas en los términos indicados en el FD 5º de esta resolución.

Notifíquese esta Sentencia en legal forma a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer Recurso de Suplicación para ante la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el término de cinco días hábiles a partir del de la notificación y por conducto de este Juzgado; advirtiendo a la Empresa demandada de que en caso de recurrir, deberá de consignar el importe de la condena en la cuenta que este Juzgado tiene abierta en la Entidad Banesto, (0030) con nº 1446 0000 65 096912 y en la misma cuenta antes referida, la cantidad de 300 euros en concepto de depósito.

Todo ello con más las tasas correspondientes en los términos de la Ley 10/2012 que regula determinadas tasas en el ámbito de la administración de justicia.

Así por esta mi Sentencia, cuyo original se archivará en el Libro de Sentencias, lo pronuncio, mando y firmo.

Modo de impugnación: Mediante Recurso de Reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Y para que sirva de notificación a la demandada Alfonso Castillejo S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 8 de enero de 2013.-

La Secretaria Judicial:

Fdo. Marina Meléndez-Valdés Muñoz.

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