Boletín nº 30 (13-02-2013)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Bujalance
Nº. 820/2013
Decreto
Vista el Acta de de Mesa General de Negociación de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 17 de mayo de 2012.
Vista el Acta de de Mesa General de Negociación de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 11 de octubre de 2012.
Considerando lo establecido en el artículo 38.3 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el cual indica que para la validez y la eficacia de los acuerdos adoptados en la Mesa de Negociación será necesaria su aprobación expresa por el órgano de gobierno de la Administración Pública. Cuando tales acuerdos hayan sido ratificados el contenido de los mismos será directamente aplicable al personal incluido en su ámbito de aplicación, sin perjuicio de que a efectos formales se requiera la modificación o derogación, en su caso, de la normativa reglamentaria correspondiente.
Considerando lo establecido en el artículo 38.6 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, los acuerdos, una vez ratificados, deberán ser remitidos a la Oficina Pública que cada Administración competente determine y la Autoridad respectiva ordenará su publicación en el Boletín Oficial que corresponda en función del ámbito territorial.
De conformidad con lo previsto en el artículo 59.6 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, procede su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.
Y, en virtud de las competencias que me están atribuidas por el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Resuelvo
Primero.- Ratificar los acuerdos suscritos en la Mesa General de Negociación de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 17 de mayo de 2012.
Segundo.- Ratificar los acuerdos suscritos en la Mesa General de Negociación de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 11 de octubre de 2012.
Tercero.- Publicar los acuerdos suscritos en la Mesa General de Negociación de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 17 de mayo de 2012.
Cuarto.- Publicar los acuerdos suscritos en la Mesa General de Negociación de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 11 de octubre de 2012.
Quinto.- Notificar este acuerdo al Negociado de Personal, a los Delegados del Personal Funcionario y Laboral y a los Representantes Sindicales para su conocimiento y efectos procedentes.
Bujalance, 22 de enero de 2013.- El Alcalde, Fdo. Francisco Mestanza León.- Ante mí: La Secretaria, Fdo. M.D. Alejandra Segura Martínez.
EXTRACTO DEL ACTA DE LA REUNION DE LA MESA GENERAL DE NEGOCIACION DEL AYUNTAMIENTO DE BUJALANCE
17 DE MAYO DE 2012
«En el Salón de Plenos Municipal y, siendo las diez horas del día 17 de mayo de dos mil doce, se reúnen en sesión reglamentariamente convocada, bajo la Presidencia de D. Francisco Mestanza León, los miembros de la Mesa General de Negociación que se relacionan:
En representación de la Corporación:
- Dª. Elena Alba Castro, Concejala de Economía y Hacienda.
En representación del personal funcionario:
- CSIF: D. Juan Antonio Cabello Jiménez.
En representación del personal laboral:
- CSIF: D. José Antonio Salmoral Nieto.
- CSIF: Dª. Isabel Merino Lavirgen.
- CSIF: Dª. Mª. Librada Cano Camacho.
Asisten igualmente como Delegados Sindicales:
- CSIF: D. Juan Muñoz Piedras.
- UGT: D. Juan Ricardo Camacho Gutiérrez.
- UGT: D. Carlos Lozano González.
- CC.OO.: D. Emilio Hueto León (Se incorpora a las 10:40 horas).
Asisten, en calidad de asesores:
- En representación de la Corporación:
* D. José Antonio del Solar Caballero (Secretario General).
* D. José María Sánchez Montero (Interventor).
* D. José Luis Serrano Priego (Subinspector Jefe de la Policía Local). Se incorpora a las 10:45 horas.
- En representación del personal funcionario:
* D. Juan Gabriel Parejo García, Representante del C.S.I.F. Funcionarios.
* Actúa como Secretario, D. Pedro Valera López, Técnico Grado Medio de Administración General. Negociado de Personal.
Actúa como Secretario, D. Pedro Valera López, Técnico Grado Medio de Administración General. Negociado de Personal.
Antes de iniciar el debate sobre el Orden del Día, toma la palabra la Presidencia, poniendo en conocimiento de los miembros de la misma, la recepción de un escrito del Grupo Independiente de Empleados del Ayuntamiento de Bujalance (GIEB), en la que solicita la incorporación a ésta y futuras Mesas de Negociación. Realizada consulta por esta Presidencia a los técnicos municipales, se ha de aplicar la normativa de rango superior y por tanto, no podrán formar parte de esta Mesa de Negociación las organizaciones sindicales que no hayan obtenido el 10% o más de los representantes en las elecciones para Delegados y Juntas de Personal. Si bien, estima conveniente invitar a este sindicato a participar, con voz pero sin voto, en la Mesa General de Negociación, previa votación del resto de los integrantes de la Mesa General de Negociación.
Por unanimidad de los asistentes se acuerda invitar al Grupo Independiente de Empleados del Ayuntamiento de Bujalance (GIEB) a la Mesa General de Negociación.
Abierto debate por la Presidencia, se trataron los asuntos siguientes:
Primero.- Aprobación, en su caso, de la Propuesta de Alcaldía en materia de Prestaciones Médico-Farmacéuticas y Ayuda de Estudios 2011.
&
Tras el oportuno debate, se acuerda, por unanimidad de los asistentes, lo siguiente:
A) Modificación de los artículos 41 del Acuerdo Marco de los Funcionarios al Servicio de este Ayuntamiento y 43 del Convenio Colectivo del Personal Laboral al Servicio de este Ayuntamiento, quedando estos como a continuación se detalla:
Artículo 41 . Prestaciones Médico-Farmacéuticas.
El Ayuntamiento de Bujalance, en su deseo de mejorar las prestaciones médico farmacéuticas del personal a su servicio activo y beneficiarios, dispone las siguientes ayudas económicas:
Dentadura completa: 210,00 €/año.
Dentadura parcial completa: (Maxilar y Mandíbula): 105,00 €/año.
Pieza dental (máximo 2 piezas en Maxilar y 2 piezas en Mandíbula): 58,00 €/pieza.
Obturación o Empaste dental: 20,00 €/pieza.
Reconstrucción dental (máximo 2 piezas): 25,00 €/pieza.
Gran reconstrucción dental con perno (máximo 2 piezas): 35 €/pieza .
Implante dental: Conforme al siguiente baremo anual:
- Hasta 400,00 €: 50 % factura.
- Hasta 600,00 €: 40 % de la factura.
- Hasta 800,00 €: 30 % de la factura.
- Hasta 1.000,00 €: 25 % de la factura.
- Hasta 3.000,00 €: 20 % de la factura.
Corona sobre implante dental: 150,00 €/año.
Puente dental: 210,00 €/año.
Otras prótesis dentales: 210,00 €/año.
Ortodoncia: 210,00 €/año.
Endodoncia: 150,00 €/año.
Radiografías dentales: 50% factura.
Gafas (monturas): 60,00 €/año
Gafas (cristales adaptados): 60,00 €/año.
Lentillas: 60,00 €/año.
Plantillas ortopédicas: 30,00 €/año.
Zapatos ortopédicas: 33 % factura/año.
Corsés ortopédicos: 33 % factura/año.
Audífonos: 50 % factura/año.
Aparatos de fonación: 50 % factura/año.
Otros elementos ortopédicos (muletas, collarines, tobilleras, etc.): 33% factura.
En la aplicación práctica se tendrán en cuenta las siguientes reglas:
a) Estas ayudas se concederán siempre que no sean cubiertas por la asistencia pública sanitaria.
b) Caso de que el peticionario solicite la adquisición de unas gafas y unas lentillas, se le concederá solamente una de ambas, salvo casos excepcionales, en las que sean necesarios para el desarrollo de su trabajo.
c) Caso de solicitar gafas de cerca, de lejos y bifocales, se le concederán o bien las gafas de cerca y lejos o bien las bifocales.
d) La graduación de la vista habrá de verificarse indistintamente en la Seguridad Social o por Oftalmólogo u Óptico titulado.
e) En los tratamientos odontológicos en los que se tramite ayuda para prótesis, endodoncias, colocación de coronas, empastes, etc. Deberá justificarse con