Boletín nº 30 (13-02-2013)
V. Administración Local
Ayuntamiento de La Rambla
Nº. 833/2013
Teniendo conocimiento que Adi Fisca, con Tarjeta de Residencia núm. X-0957717X; Mirela Fisca, con Tarjeta de Residencia núm. 09760888X; y Tesa Naomi Fisca, nacida el 09-05-2007, han dejado voluntariamente el domicilio en calle olivar nº 4, de La Rambla, en que figuraban empadronadas, desconociéndose si han solicitado el Alta en el Padrón de Habitantes de otro municipio, al no haberse recibido en este Ayuntamiento comunicación alguna, de conformidad con el art. 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, el Ayuntamiento dará de Baja de Oficio, por Inscripción Indebida, a quienes figuren empadronados incumpliendo los requisitos establecidos en el art. 54 del citado Reglamento.
Intentada la notificación en el último domicilio conocido, sin que haya sido posible practicarla, se procede a realizarla a través del presente anuncio, de conformidad con lo establecido en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Durante el plazo de quince días, contados desde el siguiente a la publicación del presente Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, el interesado deberá presentar en el Negociado de estadística de este Ayuntamiento, los documentos y justificaciones que estime pertinentes.
Transcurrido el plazo señalado sin haber formulado alegación alguna, se continuará con el procedimiento de Baja de Oficio por Inscripción Indebida en el Padrón Municipal de Habitantes, de acuerdo con lo establecido en el apartado II-1 c.2 de la Resolución de 1 de abril de 1997, de la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Territorial (BOE 11-04-97), por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del Padrón de Habitantes.
La Rambla 25 de enero de 2013.- El Alcalde, firma ilegible.