Boletín nº 34 (19-02-2013)

V. Administración Local

Entidad Local Autónoma de la Guijarrosa

Nº. 1.331/2013

Anuncio de aprobación definitiva

Elevada a definitiva la aprobación inicial del Presupuesto General y Plantilla de Personal para el ejercicio 2013, que tuvo lugar en sesión de la Junta Vecinal de 15/01/2013, se hace público, de conformidad con lo establecido en los artículos 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de Bases de Régimen Local, y 126.1 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.

RESUMEN DEL PRESUPUESTO A NIVEL DE CAPÍTULOS

PRESUPUESTO DE GASTOS

Cap.

Concepto

Euros

1

Gastos de personal

426.945,06

2

Gastos en bienes corrientes y servicios

442.466,10

3

Gastos financieros

2.000,00

4

Transferencias corrientes

35.100,00

6

Inversiones reales

653.576,33

TOTAL

1.560.087,49

PRESUPUESTO DE INGRESOS

Cap.

Concepto

Euros

3

Tasas y otros ingresos

306.788,83

4

Transferencias corrientes

775.512,59

5

Ingresos patrimoniales

10.000,00

7

Transferencias de capital

467.786,07

TOTAL

1.560.087,49

PLANTILLA DE PERSONAL

A.- Personal Funcionario

1. Con Habilitación de carácter nacional:

1.1. Secretario-Interventor: 1

2. Escala Administración General:

2.1. Subescala técnica: 1

B.- Personal Laboral

Asesor jurídico: 1

Administrativo: 1

Dinamizador Juvenil/Técnico Deportivo: 1

Encargado de obras: 1

Encargado de guardería: 1

Cocinera de guardería: 1

Técnico Jardín de Infancia: 1

Auxiliar de consultorio (media jornada): 1

Limpiadora: 3

Peón fontanero: 1

RETRIBUCIONES E INDEMNIZACIONES

Presidente de la E.L.A.: Dedicación exclusiva, 23.800,00 € anuales (14 pagas).

Podrán interponer Recurso Contencioso-Administrativo contra el referido presupuesto, en un plazo de dos meses a contar desde el siguiente día de la publicación de este anuncio en el B.O. de la Provincia, las personas y entidades a que hacen referencia los artículos 63.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de Bases de Régimen Local, y 170.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, y por los motivos enumerados en el número 2 del citado artículo 170.

En La Guijarrosa, a 12 de febrero de 2013.- El Presidente de la E.L.A., Fdo. Manuel Ruiz Alcántara.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad