Boletín nº 48 (12-03-2013)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 1.660/2013

Doña Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba, hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 995/2012 a instancia de la parte actora D. Mariano Soto González contra Castellana de Seguridad S.A.U. y Esabe Vigilancia S.A., sobre Social Ordinario, se ha dictado Resolución de fecha 14 de enero de 2013, cuya parte dispositiva de tenor literal siguiente:

 Acuerdo:

- Tener por desistido por incomparecencia a Mariano Soto González de su demanda contra Esabe Vigilancia S.A y Castellana de Seguridad S.A.U en materia de reclamación de cantidad.

- Archivar las actuaciones una vez que sea firme la presente resolución.

Notifíquese la misma a las partes.

Modo de impugnación: Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que frente a la misma cabe interponer Recurso de Reposición, ante este Juzgado, en el plazo de tres días, contados a partir de su notificación, advirtiendo a la Empresa demandada de que en caso de recurrir, deberá depositar el importe de 25 € en la cuenta que este Juzgado tiene abierta en la Entidad Banesto (0030), sita en Córdoba, Avda. Conde Vallellano, 17. Oficina, 4211. D.C. 30, con el núm. 1446/0000/30/ (núm. del expediente, con 4 dígitos) / (año, con 2 dígitos), de acuerdo con la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2.009, de 3 de noviembre.

Y para que sirva de notificación al demandado Esabe Vigilancia S.A., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 8 de febrero de 2013.- La Secretaria Judicial, firma ilegible.

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