Boletín nº 48 (12-03-2013)
VIII. Anuncios de particulares
Notaría de don
Miguel de Lara Pérez
Córdoba
Nº. 1.776/2013
Don Miguel de Lara Pérez, Notario del Ilustre Colegio de Andalucía, con residencia en Córdoba y despacho abierto en calle Doce de Octubre número 1, 3º, hago saber:
Que en mi Notaría se sigue procedimiento de ejecución extrajudicial de hipoteca a instancia de Banco Español de Crédito, S.A., al amparo de los artículos 129 de la Ley Hipotecaria y 234 y siguientes del Reglamento Hipotecario (RH), sobre la siguiente finca:
Urbana: Vivienda cuenta número 574.- Grupo Nuestra Señora de los Dolores.- Expediente CO-136-CD/62. Descripción: Finca número 20. Urbana: Piso 4º D, situado en la planta cuarta, del boque número 7, de la calle Loja, de esta capital, barriada del Sector Sur. Dispone de acometida de agua corriente y luz eléctrica. Ocupa una superficie construida de cincuenta y cuatro metros cuadrados (54,00 m²). Se compone de vestíbulo, estar-comedor, tres dormitorios, aseo, cocina y terraza-lavadero. Cuota: 5.
Inscripción: Registro de la Propiedad Número 3 de Córdoba, tomo 2.250, libro 523, folio 131, finca número 7.676. Referencia Catastral 3825304UG4932N0018KR.
En la tramitación del procedimiento, y teniendo el inmueble carácter de vivienda habitual, procede única subasta, que se celebrará con arreglo a las siguientes condiciones:
1º.- Lugar: En mi despacho citado.
2º.- Día: 23 de abril de 2013.
3º.- A las 12 horas.
4º.- Tipo de la subasta, fijado en la escritura de constitución de hipoteca: CIENTO VEINTE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS EUROS CON SETENTA Y CINCO CÉNTIMOS DE EURO (120.656,75 €).
5º.- La subasta se llevará a cabo conforme al artículo 12 del Real Decreto-Ley 6/2012, de 9 de marzo, y en lo compatible con él por el artículo 236 del RH.
6º.- Puede consultarse en mi Notaría en días laborables, de lunes a viernes de 9 a 13 horas, la documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del RH; entendiéndose que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada y que continuarán subsistentes las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta.
7º.- Quien pretenda licitar, deberá constituir depósito previo, por el 30 % del tipo de subasta, acreditando la constitución del mismo, mediante consignación en mi notaría de cheque conformado o bancario, o resguardo acreditativo de transferencia o ingreso en la cuenta 0237 6028 01 9156287701.
8º.- Hasta el momento de la subasta, podrán hacerse posturas por escrito bajo pliego cerrado acompañando el resguardo acreditativo del depósito previo.
9º.- Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente, o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior, podrá hacerse a calidad de ceder a tercero.
10º.- Si resultare infructuosa la comunicación por correo certificado al titular de la última inscripción de dominio, del día hora y lugar de celebración de la subasta, la publicación de este anuncio, en los Boletines Oficiales del Estado, de la Provincia y tablones de anuncios del ayuntamiento y registro de la propiedad competentes, servirá para suplir y tener por efectuada aquella.
Córdoba a 22 de febrero de 2013.- El Notario, firma ilegible.