Boletín nº 65 (08-04-2013)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 2.431/2013

Doña Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba, hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1605/2012 a instancia de la parte actora Dª. Ascensión Rivas Linares, María Jesús Rodríguez Quero y María Teresa Olmo Varo contra FOGASA y Vodafitel S.L., sobre Social Ordinario, se ha dictado resolución de fecha 15 de marzo de 2013 del tenor literal siguiente:

Visto el estado que mantienen las presentes actuaciones y no apareciendo citada en legal forma la empresa demandada Vodafitel S.L., al encontrarse el domicilio indicado desconocido y siendo ese mismo domicilio el que aparece en el Registro Mercantil Central, según consta en autos, procédase a su comunicación por medio de edictos, insertando un extracto suficiente en el "Boletín Oficial" correspondiente y en el tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente dispongan otra cosa. Se acuerda igualmente notificar a la empresa ejecutada en los estrados de este Juzgado los proveídos de fecha incluida la presente resolución. Notifíquese

Cítese a la demandada Vodafitel S.L. a los actos convocados para el próximo día 29 de abril de 2013, a las 10'10 h.

Modo de impugnación: Mediante Recurso de Reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres dias hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Y para que sirva de notificación a la demandada Vodafitel S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 15 de marzo de 2013.- La Secretaria Judicial, firma ilegible.

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