Boletín nº 65 (08-04-2013)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Fuente Obejuna

Nº. 2.651/2013

Por el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 20 de febrero de 2013, acordó aprobar con carácter definitivo la modificación del Plan de Tráfico una vez informadas las propuestas presentadas, lo que se hace público para general conocimiento, quedando redactado como a continuación se inserta:

C/ Corredera: Será de sentido único de circulación en su totalidad, desde paseo Cruz de Piedra hasta Plaza Monseñor Miguel Castillejo.

C/ De las Palomas: Tendrá sentido único de circulación en su totalidad, desde C/ Santo hasta Paseo Cruz de Piedra. Se prohibirá el estacionamiento en el lado derecho del sentido de circulación desde C/ Mata hasta C/ Mengo.

C/ Mengo: Tendrá sentido único de circulación, desde C/ Corredera hasta C/ De las Palomas.

C/ Garabitos: Será de sentido único de circulación, desde C/ Córdoba hasta C/ Santo.

C/ República Argentina: Será de sentido único de circulación, desde Plaza de Andalucía hasta C/ Tejedores. Excepto para los vecinos que tengan cocheras en este tramo de calle.

C/ Santo: Se prohíbe el estacionamiento de vehículos a partir de los números 47 y 50 hasta la confluencia de esta calle con Plaza San Sebastián.

C/ Dr. Miras Navarro: Se prohíbe el estacionamiento desde el nº: 18 hasta su confluencia con C/ Corredera.

C/ Luis Rodríguez Cabezas: Se prohíbe la circulación de vehículos destinados al transporte de Mercancías.

C/ Valverde: Tendrá sentido único de circulación, desde la C/ Córdoba hasta la C/ Santo. Se prohibirá el estacionamiento de vehículos en ambos lados en el tramo de calle comprendido entre C/ Del Cenicero y C/ Santo.

C/ Tejedores: Se prohíbe el estacionamiento de vehículos en la fachada del nº: 57, esquina con Plaza Jesús Nazareno.

Contra el presente acuerdo se podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo, ante la Sala de la Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Fuente Obejuna, a 27 de marzo de 2013.- La Alcaldesa, firma ilegible.

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