Boletín nº 71 (16-04-2013)

VII. Otras Entidades

Instituto Municipal de Desarrollo Económico y Empleo
Córdoba

Nº. 3.021/2013

Acuerdo entre el Excmo. Ayuntamiento de Córdoba e Instituto Municipal de Desarrollo Económico y Empleo de Córdoba (IMDEEC) Para la Gestión de los Procesos Selectivos de este Organismo Autónomo Municipal

Efectuada propuesta del Presidente del IMDEEC de fecha 16 de enero de 2013, ante la falta de los medios técnicos idóneos para ello, al Ayuntamiento acuerdo para el desarrollo de los procesos de selección correspondientes de las plazas incluidas en su Oferta de Empleo correspondientes a técnicos medios, administrativos, auxiliares administrativos y ordenanzas, el Ayuntamiento, a través de la Delegación de Recursos Humanos y Salud Laboral, visto el informe emitido por los servicios técnicos de la Dirección General de Recursos Humanos, se compromete a asumir la completa gestión de tales procesos, que habría que iniciar dentro del presente ejercicio 2013, conforme a las determinaciones del presente ACUERDO, teniendo en consideración que:

1. El Ayuntamiento de Córdoba ejerce facultades de tutela y control sobre sus entes instrumentales, como es el organismo autónomo IMDEEC.

2. El propio organismo manifiesta su carencia de medios idóneos en esta materia

3. El IMDEEC se ha adherido al Convenio único del Ayuntamiento de Córdoba.

Por todo ello, IMDEEC y Ayuntamiento de Córdoba, formalizan el presente acuerdo de conformidad con los siguientes extremos:

Primero. Actividad cuya gestión se encomienda por el IMDEEC al Ayuntamiento

Gestión completa de los procesos selectivos de las plazas contempladas en su Oferta de Empleo correspondientes a técnicos medios, administrativos, auxiliares administrativos y ordenanzas. El Ayuntamiento, a través de la Delegación de Recursos Humanos y Salud Laboral, asumirá la completa gestión de tales procesos, que habría que iniciar dentro del presente ejercicio 2013.

Segundo. Plazo de vigencia

Desde la efectividad del acuerdo que se firme hasta la total finalización del proceso selectivo.

Tercero. Naturaleza y alcance de la gestión encomendada

1. El Ayuntamiento de Córdoba realizará las actividades objeto de este acuerdo ante la carencia de medios técnicos del organismo proponente IMDEEC y en ejercicio de las facultades de tutela que como ente matriz le corresponden.

2. La titularidad de la competencia sigue siendo del IMDEEC, dictando cuantos actos o resoluciones den soporte o en los que se integren las concretas actuaciones objeto de la encomienda que realice el Ayuntamiento de Córdoba.

3. El Ayuntamiento se compromete a destinar los recursos humanos y materiales suficientes para el eficaz desarrollo de los procesos selectivos hasta su total terminación.

4. El IMDEEC deberá disponer de la dotación económica necesaria para las indemnizaciones por razón del servicio del tribunal y las gratificaciones del personal auxiliar que colabore en estos procesos selectivos.

5. El Ayuntamiento asumirá y realizará todas las actuaciones inherentes a tales procesos selectivos, tales como: propuesta de bases de la convocatoria, recepción de solicitudes de los aspirantes, custodia, vigilancia y archivo de cuanta documentación conforme el expediente, listas de admitidos y excluidos, baremación de méritos, seguimiento y control de plazos, y demás que deriven de las bases de la convocatoria y de la normativa aplicable.

6. Las bases de las convocatorias respectivas incorporarán los criterios generales establecidos para las del Ayuntamiento de Córdoba. A tal fin el Ayuntamiento de Córdoba realizará una propuesta de bases de convocatoria a la que el IMDEEC habrá de dar cobertura jurídica dictando la correspondiente resolución.

Lo que se firma en Córdoba, a 27 de febrero de 2013.- El Presidente del IMDEEC, Rafael Navas Ferrer.- La Delegada de Recursos Humanos y Salud Laboral, Antonia L. Sola Navas.- Ante mí: El Secretario General del Pleno y del IMDEEC, Valeriano Lavela Pérez.

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