Boletín nº 73 (18-04-2013)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Baena

Nº. 2.751/2013

Anuncio aprobación inicial Expediente de Imposición de Contribuciones Especiales para el Mantenimiento del Camino de Las Justas.

La Corporación en Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 21 de marzo 2013, adoptó acuerdo de aprobación provisional de imposición y ordenación de contribuciones especiales para la financiación de las obras de Mantenimiento del Camino de las Justas, según proyecto redactado por el Ingeniero Agrónomo D. Antonio Alba Martínez, cuyo presupuesto asciende a la cantidad de 39.169,83 euros, con una aportación municipal de 40 por ciento y una base imponible del 60 por ciento a repartir entre los sujetos pasivos directamente beneficiarios, estableciéndose como criterio de reparto exclusivamente el valor catastral de las fincas afectadas.

En la misma sesión Plenaria, se aprobó provisionalmente la relación de contribuyentes afectados por la imposición de contribuciones especiales para la financiación de las obras de mantenimiento del Camino de las Justas.

El expediente se expone durante el plazo de 30 días hábiles a efectos de reclamaciones, así como para que los interesados puedan solicitar la constitución de la asociación administrativa de contribuyentes. Si en el mencionado plazo no se presentasen Reclamaciones, dicho acuerdo se entenderá definitivo.

Contra la aprobación definitiva podrá interponerse Recurso Potestativo de Reposición en plazo de un mes contado a partir del siguiente día a la notificación individual o publicación del edicto del acuerdo de imposición y ordenación de contribuciones especiales en base a lo establecido en el artículo 34.4 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo; o Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente a la publicación del acuerdo definitivo, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Baena, 22 de marzo de 2013.- La Alcaldesa, firma ilegible.

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