Boletín nº 81 (30-04-2013)

VII. Otras Entidades

Consorcio Provincial de Prevención y Extinción de Incendios
Córdoba

Nº. 3.219/2013

Bases para cubrir por el Sistema de Concurso específico los Puestos de Trabajo existentes en la Relación de Puestos de Trabajo Vacantes en la actualidad

Primera.

A) Podrá tomar parte en el presente concurso el personal de plantilla del Consorcio perteneciente a los Grupos correspondientes a los puestos que se convocan y cumpla los demás requisitos que para el desempeño de los mismos se exijan en la relación de Puestos de Trabajo.

B) Podrán solicitarse cuantos puestos de trabajo se incluyen en el Anexo correspondiente, siempre que concurran los requisitos establecidos para su desempeño en la fecha de la terminación del plazo de presentación de solicitudes.

Segunda.

Podrá concursar en esta convocatoria el personal comprendido en la base primera que se encuentre en situación de servicio activo, o demás circunstancias que se prevean en la legislación vigente. No podrán participar los empleados que lleven menos de 2 años en el desempeño de un puesto de trabajo con destino definitivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41.2 del Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo de la Administración del Estado, aprobado por R.D.364/1995, de 10 de marzo.

Tercera.

La valoración de los méritos para la adjudicación de puestos se efectuará de acuerdo con el siguiente baremo, referido a la primera Fase de este Concurso Específico, pudiéndose obtener en esta fase hasta 120 puntos:

A) Mérito profesionales (70 puntos).

a) Por cada año completo como Bombero-Conductor en el Consorcio: 7,20 puntos.

b) Por cada año completo como Bombero-Conductor o puesto similar en otras Administraciones: 0,60 puntos.

c) Por cada año completo en puesto similar al convocado en el Consorcio (sin valorarse a la vez los méritos de este periodo como Bombero-Conductor): 2,40 puntos (con un tope de 2,40 puntos).

d) Por cada año completo en puesto similar al convocado en otras Administraciones (sin valorarse a la vez los méritos de este periodo como Bombero-Conductor): 1,80 puntos (con un tope de 2,40 puntos).

B) Méritos específicos (50 puntos).

- Cursos, seminarios, congresos, jornadas y otras acciones formativas impartidos por Entidades Administraciones Públicas y Colegios Profesionales sobre las siguientes materias (Máximo 45 Puntos):

- Lucha y prevención de incendios forestales, urbanos, salvamento y Protección Civil.

- Legislación sobre el fuego y emergencias.

- Rescate terrestre, acuático y aéreo.

- Organización de equipos.

- Recursos Humanos.

- Riesgos Laborales.

- Medicina y Primeros Auxilios.

- Comunicación y negociación.

- Apuntalamiento y demoliciones.

- Mecánica y electricidad de vehículos.

- Actuaciones en instalaciones de edificios.

- Aquellas similares o que tengan relación con el Puesto de Trabajo convocado a criterio de la comisión de Valoración.

Hasta 10 horas: 1,00 punto.

De 11 hasta 20 horas: 1,50 puntos.

De 21 hasta 50 horas: 2,00 puntos.

De 51 hasta 100 horas: 3,00 puntos.

De 100 hasta 300 horas: 10 puntos.

Más de 300 horas 30 puntos.

- Impartición de cursos: (5 puntos).

Hasta 10 horas: 1,00 punto.

De 11 a 20 horas: 1,50 puntos.

De 21 a 50 horas: 2,00 puntos.

De 51 a 100 horas: 3,00 puntos.

Más de 100 horas: 5,00 puntos.

Cuarta.

La segunda Fase de este Concurso Especifico se valorará hasta un máximo de 180 puntos y constará de:

A) Desarrollo de Memoria (150 puntos).

De conformidad con el Punto 1 del articulo cuarenta y cinco del Real Decreto trescientos sesenta y cuatro de mil novecientos noventa y cinco, de diez de marzo por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los Funcionarios Civiles del Estado la memoria que deberán realizar en su momento los participantes en este Concurso Especifico constará a su vez de tres partes, valorándose cada parte hasta 50 puntos.

1ª Parte: En desarrollo de esta parte se realizará una memoria que versará sobre la organización detallada de un horario interno de tareas y actividades a realizar en un turno de 24 horas, teniendo en cuenta aspectos tales como claridad explicativa, faltas de ortografía, referencia a aspectos legales, organización de acciones, etc.

2ª Parte: Consistirá en describir la organización de una actividad de desarrollo teórico-práctico sobre un supuesto escogido de entre dos mediante sorteo en el mismo momento de celebración de la prueba, siendo los dos supuestos a sortear: Incendios en espacios confinados o Trabajos en altura.

3ª Parte: Consistirá en la resolución de un supuesto práctico actuando como Jefe de Turno. El supuesto se escogerá mediante sorteo en el mismo momento de celebración de la prueba de uno de los cuatro posibles que se detallan:

- Accidente de tráfico múltiple.

- Accidente de tráfico de Mercancías Peligrosas.

- Incendio industrial.

- Incendio en vivienda.

El tiempo máximo de que dispondrán los aspirantes para la realización de cada uno de los apartados será determinado por la comisión de Valoración establecida en la Base Novena.

B) Entrevista (30 puntos):

Por último se realizará una entrevista en aclaración de lo desarrollado y de los méritos específicos de los candidatos adecuados a las características del puesto de Jefe de Turno, valorándose en ella el conocimiento del habla inglesa y de otras lenguas, en la que se contará con el asesoramiento de profesionales expertos de un gabinete de selección externo.

Quinta.

Las solicitudes para tomar parte en el presente concurso, serán dirigidas al Sr. Presidente del Consorcio, ajustadas según modelo que estará a disposición de los concursantes en el Registro de Entrada, presentándose en el mismo, en el plazo de quince días hábiles, a contar del siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

A la solicitud deberá acompañarse la documentación que justifique los méritos alegados, debidamente compulsada, o bien cotejada por el personal encargado del Registro.

Sexta.

El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos vendrá dado por la puntuación obtenida, debiendo el concursante rellenar una solicitud por cada puesto al que se opte y cumplimentar en la misma el orden de prioridad deseado entre los que solicita.

Séptima.

En caso de empate entre concursantes, el orden de prioridad vendrá determinado por la pertenencia a un grupo superior de entre los especificados en el artículo 76 de la Ley 7/2007. En caso de persistir el empate se dirimirá por las puntuaciones parciales obtenidas en los siguientes méritos y en el orden preferente que asimismo se expresa:

1. Valoración de Formación y Perfeccionamiento.

2. Antigüedad.

Caso de que persistiera el empate se adjudicará el puesto de trabajo al empleado que ostente más antigüedad con respecto a la fecha de ingreso como funcionario de carrera en el Consorcio y si persiste al que tenga mejor orden de puntuación en la oposición.

Octava.

Podrán dejarse sin adjudicar aquellos puestos de trabajo cuyos candidatos no hubiesen alcanzado un mínimo de 200 puntos.

Novena.

Los méritos serán valorados por una Comisión de Valoración compuesta del siguiente modo:

A) Presidente: Nombrado por el Presidente del Consorcio.

B) Secretario: El del Consorcio o empleado del mismo en quién delegue. Actuará con voz y sin voto.

C) Vocales: Cuatro vocales nombrados por el Presidente del Consorcio, debiendo tenerse en cuenta lo prescrito en el artículo 60 de la Ley 7/2007.

Los vocales deberán poseer el nivel de titulación académica igual o superior al exigido para los puestos convocados.

Décima.

Realizada la valoración de los méritos por la Comisión, se hará pública la resolución provisional del concurso en el Boletín Oficial de la Provincia. Contra la misma, los interesados podrán formular las reclamaciones que estimen convenientes a su derecho en el plazo de diez días, las cuales, examinadas por la Comisión, serán elevadas junto con las p

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