Boletín nº 87 (09-05-2013)

III. Junta de Andalucia

Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo
Delegación Provincial de Córdoba

Nº. 1.602/2013

Resolución de la Delegación Territorial de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, de la Junta de Andalucía en Córdoba, por la que se concede Autorización Administrativa de una planta de Cogeneración.

Antecedentes

Primero: D. Andrés Cubero Moya, en nombre y representación de Proceran S.A.U., solicita ante esta Delegación Territorial, Autorización Administrativa para la planta de cogeneración eléctrica y térmica reflejada en el Proyecto básico de planta de cogeneración de 1 MW en las instalaciones de Proceran, S.A, firmado por técnico competente y visado por Colegio Oficial, situada en la Ctra. Montoro-Puente Genil Km. 85, en el término municipal de Aguilar de La Frontera (Córdoba).

Segundo: En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades y preceptos legales aplicables, y en concreto los trámites previstos en el Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, por el que se regula la producción de energía eléctrica en régimen especial, el RD 1.955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, así como en la Orden de 8 de julio de 2005, de tramitación de instalaciones en régimen especial gestionables, modificada mediante Resolución de 30 de octubre de 2007, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas (BOJA núm. 22 de 2008).

Tercero: En este sentido, de acuerdo con el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncio en el B.O.P. de Córdoba número 6, de 10 de enero de 2013, no produciéndose alegaciones en el plazo señalado al efecto.

Cuarto: Por Técnica adscrita al Departamento de Energía de esta Delegación Territorial, ha sido emitido informe favorable referente a la Autorización Administrativa y Aprobación de Proyecto de la instalación referida en el punto primero.

Fundamentos de Derecho

Primero: Además de la legislación citada y demás de pertinente aplicación, el Decreto del Presidente 3/2012, de 5 de mayo, de la Vicepresidencia y sobre la reestructuración de Consejerías (BOJA n.º 88, de 7 de mayo de 2012), el Decreto 149/2012, de 5 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo (BOJA n.º115, de 13 de junio de 2012) y el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía (BOJA n.º 150 de 1 de agosto de 2012), así como la Resolución de 23 de febrero de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia de instalaciones eléctricas.

Vistos los preceptos legales citados y demás normativa de general aplicación, esta Delegación Provincial resuelve:

Conceder la Autorización Administrativa para una planta de producción de energía eléctrica y térmica (cogeneración) a nombre de Proceran S.A.U., situada en Ctra. Montoro-Puente Genil Km. 85 del término municipal de Aguilar de la Frontera (Córdoba), constituida principalmente por los siguientes elementos:

- Motor de cogeneración 1500 r.p.m.:

- Combustible: gas natural.

- Potencia eléctrica de generación: 1000 kW; f.d.p.: 0,8.

- Tensión de salida: 400 V.

- Transformador de 0,4/20 kV, y potencia 1250 kVA.

- Circuitos de refrigeración para el aprovechamiento de la energía térmica generada por el motor, y equipos auxiliares.

- Línea eléctrica AT para la evacuación con conductor RHZ1-OL 18/30 kV 3x150 mm² AL.

Esta Autorización Administrativa se concede de acuerdo con lo dispuesto en la reglamentación ya señalada. Además se cumplirán las siguientes condiciones especiales:

- Esta autorización se otorga sin perjuicio de las demás concesiones o autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables por otros organismos, y sólo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación.

- El plazo máximo para la solicitar la aprobación de proyecto de la instalación generadora será de 12 meses contados a partir de la presente resolución, produciéndose su caducidad si transcurrido dicho plazo aquella no hubiera sido solicitada, pudiendo solicitar el peticionario, por razones justificadas, prórrogas del plazo establecido.

- Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente con la correspondiente resolución de puesta en marcha de la instalación, emitida por esta Delegación Territorial.

- Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.

- La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.

- En tales supuestos, la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

Notifíquese la presente Resolución al interesado en la forma prevista en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, advirtiéndole que la misma no pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse Recurso de Alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación de la presente Resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común.

Resuelve:

Córdoba 15 de febrero de 2013.- La Directora General de Industria, Energía y Minas (p.d. Resolución de 2 de julio de 2007). Firmado electrónicamente: El Delegado Territorial, José Ignacio Expósito Prats.

Propone:

Firmado electrónicamente: El Jefe del Servicio de Industria, Energía y Minas, Manuel Ángel López Rodríguez.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad