Boletín nº 95 (21-05-2013)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 3
Córdoba
Nº. 3.900/2013
Dª Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba, hace saber:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 14/2013 a instancia de la parte actora Dª Mónica Díaz Cabrera contra FOGASA y Federación de Asociaciones Culturales Cristianas de Andalucía sobre Social Ordinario se ha dictado resolución de fecha 25 de abril de 2013 cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
Fallo
Que estimando parcialmente la demanda formulada por doña Mónica Díaz Cabrera, contra la Federación de Asociaciones Culturales Cristianas de Andalucía, debo condenar y condeno a la demandada a que abone al actor la suma de veinte mil trescientos cincuenta y un euros con ochenta y cinco céntimos (20.351,85€) en concepto de principal, sin intereses ni costas.
El FOGASA responderá de los conceptos, supuestos y límites legalmente previstos.
Notifíquese esta Sentencia en legal forma a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer Recurso de Suplicación para ante la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el término de cinco días hábiles a partir del de la notificación y por conducto de este Juzgado; advirtiendo a la Empresa demandada de que en caso de recurrir, deberá de consignar el importe de la condena en la cuenta que este Juzgado tiene abierta en la Entidad Banesto, (0030) con nº 1446 0000 65 001413 y en la misma cuenta antes referida, la cantidad de 300 euros en concepto de depósito.
Igualmente, en la interposición del recurso, deberá aportar justificante de ingreso de la tasa judicial conforme al modelo 696 de autoliquidación, en términos de lo previsto en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia, RDL 3/13 que la modifica y Orden HAP/490/2013, de 27 de marzo, por la que se modifica la Orden HAP/2662/2012.
Así por esta mí Sentencia, cuyo original se archivará en el Libro de Sentencias, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado Federación de Asociaciones Culturales Cristianas de Andalucía actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 25 de abril de 2013. La Secretaria Judicial. Fdo. Marina Meléndez-Valdés Muñoz.