Boletín nº 102 (30-05-2013)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 4.188/2013

La Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba, doña Marina Meléndez-Valdés Muñoz, hace saber:

Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm. 275/2012, dimanante del Procedimiento 1482/12, sobre reclamación de cantidad, a instancia de Firidio Marcio Sáez Bejarano contra La Isleta 2004 S.L., en la que con fecha 23/01/13 se ha dictado Decreto cuya parte dispositiva dice sustancialmente lo siguiente:

"Acuerdo: Procédase al embargo del crédito que la demandada La Isleta 2004 S.L. pudiera ostentar contra la Agencia Tributaria de la Delegación Provincial de Hacienda de Córdoba. Anótese el embargo de forma telemática. Procédase al embargo de los saldos existentes en las cuentas bancarias  BBVA S.A., Banco Santander S.A. y  Caja Rural de Córdoba Sociedad Cooperativa de Crédito, suficiente a cubrir el principal, más intereses y costas reclamados en la presente ejecución o, en su caso, cualquier otra cantidad que resulte inferior, transfiriéndola a la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, a cuyo fin líbrense los correspondientes despachos a las entidades bancarias reseñadas.

Modo de impugnación: Mediante Recurso de Reposición, a presentar ante quien dictó la Resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que, a su juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interpretación del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Así por este Decreto, lo acuerdo, mando y firma  Dª Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba. Doy fe".

Y para que sirva de notificación en forma a Firidio Marcio Sáez Bejarano y La Isleta 2004 S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa. Córdoba a diecinueve de abril de dos mil trece.

En Córdoba, a 19 de abril de 2013.- La Secretaria Judicial, Fdo. Marina Meléndez-Valdés Muñoz.

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