Boletín nº 123 (01-07-2013)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Benamejí

Nº. 5.189/2013

En cumplimiento de lo dispuesto del art. 169.1 por remisión del art. 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones o reclamaciones durante el plazo de exposición pública, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial adoptado en la sesión plenaria de 17 de mayo de 2013, de modificación de presupuesto número 06/2013 mediante la modalidad de concesión de créditos extraordinarios y cuyo resumen es el siguiente:

A) NUEVAS PARTIDAS PRESUPUESTARIAS A LAS QUE SE ASIGNA CRÉDITO:

Clas.

Fun.

Clas.

Econ.

Denominación de las Clasificaciones

Importe

132

131.00

Seguridad-Laboral Temporal

9.231,46

                                   TOTAL

9.231,46

B) MEDIOS O RECURSOS QUE LAS FINANCIAN: Baja por anulación de los siguientes créditos:

Clas.

Fun.

Clas.

Econ.

Denominación de las Clasificaciones

Importe

920

120.10

Adm General-Básicas

3.547,66

920

121.01

Adm General-Complementarias

5.683,80

                                   TOTAL

9.231,46

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el art. 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el art. 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por si sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

Benamejí a 13 de junio de 2013.- El Alcalde, Fdo. José Ropero Pedrosa.

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