Boletín nº 123 (01-07-2013)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Puente Genil

Nº. 5.233/2013

De conformidad con los arts. 59 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por medio del presente anuncio, que habrá de ser expuesto en la página web de este Ayuntamiento, Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Puente Genil y en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, se efectúa la notificación que a continuación se transcribe, a los herederos de D. Pedro Jurado Jurado, al no conocer el domicilio de éstos.

Texto de la notificación: Por la Sra. Concejala Delegada de Infraestructuras y Servicios Básicos (Decreto de Delegación de 22/06/2.011) se ha dictado en el día de hoy la siguiente:

Resolución: Transcurrido que ha sido el plazo que se le concediera a los herederos de D. Pedro Jurado Jurado, para la ejecución de las medidas cautelares ordenadas por Providencia de la Sra. Concejala Delegada de Infraestructuras y Servicios Básicos de 08/11/12, en Callejón Alto, nº 3, de esta localidad, con advertencia de ejecución sustitutoria por la Administración Municipal, sin haberse realizado, lo que se constata con informe técnico unido al expediente.

Por el presente he resuelto:

1º). Comunicar a los interesados que según informe de la Sra. Arquitecta Municipal de fecha 10/05/13, que figura en el expediente, el importe de ejecución de la medida cautelar asciende a la cantidad de 765,24 €, excluido IVA, consistente en:

- Eliminación de los restos del tejado que dan directamente a la calle (faldón y alero).

2º). Proceder a la ejecución sustitutoria de la citada medida cautelar.

Lo que notifico a Vd. para su conocimiento y efectos consiguientes, advirtiéndole que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer el interesado Recurso Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1, 2, 3, 4 ó 5 de Córdoba, de conformidad con la distribución de competencias del artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, bien directamente, o interponiendo previamente y con carácter potestativo, Recurso de Reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al en que reciba la presente notificación, ante el Órgano que ha dictado la presente resolución.

El plazo para interponer el Recurso Contencioso-Administrativo será de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, si se interpone directamente, o desde el día siguiente al de la notificación del acuerdo resolutorio del Recurso de Reposición, si es expreso, si no lo fuere, el plazo será de seis meses a partir del día siguiente a aquél en que se entienda desestimado el recurso, de conformidad con el art. 46 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y Ley 30/92, de 26 de noviembre.

La n.

Puente Genil, 12 de junio de 2013.- La Secretaria General, Fdo. Carmen López Prieto.

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