Boletín nº 137 (19-07-2013)

V. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 6.238/2013

La Junta de Gobierno de esta Corporación, en sesión celebrada el día 8 de julio de 2013, ha adoptado, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero. Aprobar el programa Emple@ 2013 para la concesión de subvenciones a entidades públicas o privadas de la provincia de Córdoba, durante el año 2013, para el fomento de empleo de mujeres en riesgo de exclusión social, con un presupuesto total de 275.000 € ,según el siguiente desglose:

CONCEPTO

IMPORTE

Subvenciones a Ayuntamientos

175.000 €

Subvenciones a Empresas

100.000 €

TOTAL

275.000 €

Segundo. Aprobar las Convocatoria de subvenciones dirigida a entidades públicas y privadas para el fomento del empleo de mujeres con dificultades de inserción social, durante el año 2013 con un presupuesto de 275.000 €, de acuerdo con las determinaciones que se indican en el expediente, y prestar aprobación a las Bases que rigen la misma, que obran en el citado expediente, con el siguiente tenor literal:

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ENTIDADES PÚBLICAS Y PRIVADAS PARA EL FOMENTO DEL EMPLEO DE MUJERES CON DIFICULTADES DE INSERCIÓN SOCIAL, PROGRAMA EMPLE@ EN LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, DURANTE EL AÑO 2013.

La Delegación de Igualdad y Mujer de la Diputación de Córdoba se marca como uno de sus objetivos prioritarios favorecer la inserción sociolaboral, el mantenimiento en el puesto de trabajo y la mejora de la empleabilidad de mujeres con especiales dificultades para acceder al mercado laboral. Este objetivo se consigue gracias al apoyo de las Administraciones Públicas y la colaboración de entidades públicas y privadas, especialmente empresas, como principales agentes de inserción y creación de empleo.

La finalidad de la presente convocatoria de ayudas es dar cumplimiento a los objetivos marcados por el Programa Emple@, que se define como un instrumento eficaz para el fomento del empleo y la inserción socio-laboral de mujeres, constituyéndose en una herramienta eficiente a la hora de romper con una realidad cada vez más extendida que lleva a la exclusión social, principalmente de colectivos de mujeres con dificultades para acceder a procesos normalizados de integración laboral y acceso a un empleo.

Con la presente convocatoria se pretende ofrecer un instrumento para favorecer la empleabilidad y conseguir el mantenimiento en el mercado de trabajo de colectivos de mujeres que se encuentran en clara desventaja competitiva para acceder a un empleo digno y de calidad, mediante la concesión de incentivos a la contratación femenina por empresas, instituciones públicas y demás entidades beneficiaras que desarrollen su actividad en la Provincia de Córdoba.

1. Bases reguladoras

Con independencia de las especialidades que se indican en la presente Convocatoria, la regulación normativa de la misma se contiene en:

- La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- Bases para la Ejecución del Presupuesto General de la Diputación Provincial de Córdoba para el Ejercicio 2013.

- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de Derecho Administrativo y, en su defecto, las de Derecho Privado.

2. Presupuesto total y aplicación presupuestaria

El presupuesto máximo estimado para la concesión de las subvenciones a las que se refiere la presente convocatoria es de 275.000 €, que se distribuye en los siguientes términos en función del colectivo de beneficiarios que se describe en la Base 7 y de las aplicaciones a las partidas presupuestarias del Presupuesto General de la Corporación Provincial para el ejercicio 2.013:

- Aplicación 480 2321 46200 denominada Subvenciones Ayuntamientos Programa Emple@: 175.000 €.

- Aplicación 480 2321 47900 denominada Subvenciones a Empresas Programa Emple@: 100.000 €.

3. Objeto, condiciones y finalidad

La presente Convocatoria tiene por objeto establecer las condiciones de concesión de ayudas promovidas por la Delegación de Igualdad y Mujer con objeto de favorecer la incorporación de trabajadoras a entidades públicas y privadas de la Provincia de Córdoba.

La actividad objeto de la ayuda es la contratación laboral que ya se haya realizado desde el 1 de enero de 2013 o se realice a lo largo del año 2013, con la fecha límite de finalización del plazo para presentar las solicitudes que establece la presente convocatoria.

La actividad subvencionada deberá realizarse en los mismos términos señalados por el beneficiario en su solicitud, con las modificaciones que, en su caso, se hubieren introducido o aceptado por la Administración a lo largo del procedimiento de concesión o durante el período de ejecución, siempre que dichas modificaciones no alteren la finalidad perseguida en su concesión.

3.1. Colectivos Destinatario. Serán objeto de subvención las entidades públicas y privadas que contraten o hayan contratado, dentro del plazo establecido, a mujeres que se encuentren en alguno o en varios de los siguientes supuestos:

- Mujeres victimas de violencia de género.

- Mujeres desempleadas de larga duración.

- Mujeres con responsabilidades familiares no compartidas.

- Mujeres con una edad igual o superior a 45 años.

- Mujeres con discapacidad.

3.2. Requisitos a cumplir por la trabajadora.-

3.2.1. Requisitos Generales; serán objeto de subvención las entidades públicas o privadas que contraten a mujeres que, estando dentro del colectivo destinatario que establece la base 3.1, cumplan los siguientes requisitos:

1. Estar desempleada e inscrita como demandante de empleo en el periodo inmediatamente anterior a la contratación.

2. No haber participado en la pasada edición de este programa o en programas similares o, habiendo participado, que el periodo de contratación no haya superado los 6 meses.

3. Que la suma de los ingresos mensuales de la unidad familiar, dividido por el número de miembros que la componen no supere la cantidad de 483,98 € mensuales (80% del S.M.I.), a la fecha inmediatamente anterior de la contratación.

3.2.2. Requisitos Específicos.- Se entenderán como mujeres incluidas en el colectivo destinatario que establece la base 3.1 cuando concurran alguna o algunas de las circunstancias que se enumeran:

- Mujeres víctimas de violencia de género, especialmente aquellas que se hayan visto obligadas a pasar por un proceso de recuperación y/o de reinserción en centros especializados.

- A efectos de esta convocatoria se entiende como mujeres paradas de larga duración aquellas que, en el periodo inmediatamente anterior a la contratación, hayan estado inscritas ininterrumpidamente durante 12 meses o período superior como demandantes de empleo en el Servicio Andaluz de Empleo. Se considerará interrumpida la situación de demandante de empleo si se ha trabajado durante 90 o más días en el período citado anteriormente.

- A efectos de esta convocatoria se consideran cargas familiares no compartidas las que soportan aquellas mujeres separadas, divorciadas, madres solteras o viudas, que tengan a su cargo hijas o hijos, personas mayores y/o personas discapacitadas que impliquen dependencia de otra persona.

- Tener una edad igual o superior a 45 años.

- Tener un grado de discapacidad o minusvalía igual o superior al 33% o ser pensionista por incapacidad.

4. Cuantía y abono

4 A. La cuantía de las subvenciones que se traduce en un incentivo económico para la contratación será la siguiente:

- Hasta 5.600 € para las contrataciones indefinidas a tiempo completo y excluidas las contrataciones fijas-discontinuas.

- Hasta 4.600 € para las contrataciones por un periodo de un año a tiempo completo.

- Hasta 2.800 € para las contrataciones por un periodo de seis meses a tiempo completo, duración que se considera, a efectos de la presente convocatoria, periodo mínimo de contratación subvencionable.

4 B. En el caso de contratos a tiempo parcial, la jornada laboral tendrá

Ver el anuncio completo

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad