Boletín nº 140 (24-07-2013)

III. Junta de Andalucia

Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo
Delegación Provincial de Córdoba

Nº. 6.154/2013

Convenio o Acuerdo: Distribución de Electricidad

Expediente: 14/01/0141/2013

Fecha: 09/07/2013

Asunto: Resolución de inscripción y publicación

Destinatario: Diego Manuel Talavera Sánchez

Código: 14000105011982

Visto el escrito de 5 de julio de 2013, relativo a la prórroga del "Convenio Colectivo de las Empresas Distribuidoras de Energía Eléctrica de la Provincia de Córdoba", y de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, esta Autoridad Laboral, sobre la base de las competencias atribuidas en el Real Decreto 4.043/1982, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Trabajo, el Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 3/2012, de 5 de mayo, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.

ACUERDA

Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora del Convenio.

Segundo. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

El Delegado Territorial Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Córdoba, Fdo. José Ignacio Expósito Prats.

ACTA DE FINALIZACIÓN DEL PROCEDIMIENTO PREVIO A VÍA JUDICIAL ANTE LA COMISIÓN DE CONCILIACIÓN-MEDIACIÓN

En Córdoba, a 5 de julio de 2013, en el conflicto colectivo promovido por D. Juan Carlos Fernández Sánchez, en su calidad de Secretario de Acción Sindical de la Federación de Industria de CCOO en Córdoba, frente a las Empresas Distribuidoras de Energía Eléctrica de Córdoba, la Comisión de Conciliación-Mediación queda integrada por los miembros que al final se relacionan.

Antecedentes:

Con fecha 28 de junio de 2013 se registró de entrada escrito de iniciación ante el SERCLA, interponiendo el presente conflicto y con fecha 1 de julio de 2013, se cursaron citaciones al sindicato promotor del expediente, al representante legal de la referida asociación empresarial y a la del sindicato señalado como parte interesada en el mismo, aunque posteriormente, se enviaron nuevas citaciones adelantando la reunión prevista, emplazando a las partes para el día de hoy en la sede del SERCLA en Córdoba, con objeto de llevar a cabo el acto de mediación del presente conflicto, constando en el expediente la recepción de las mismas, por lo que:

Convocadas las partes en tiempo y forma comparecen:

Por la parte promotora: CCOO

D. Rafael Morales Lara, con DNI 30.527.661-Z, en representación del sindicato CCOO, en su calidad de Secretario General de la Federación de Industria de dicho sindicato en Córdoba, lo que acredita mediante fotocopia de escritura de poder otorgado en Madrid, con fecha 3 de diciembre de 2009, ante el Notario, D. Luis Pérez -Escolar Hernando, con el nº 3.180 de su protocolo, que consta en el expediente.

En representación de la parte frente a la que se promueve el conflicto: Empresas Distribuidoras de Energía Eléctrica de Córdoba

D. Jesús Manuel Córdoba Rueda, con DNI 30.012.761-S, miembro de la Comisión Negociadora en calidad de Secretario de la Asociación de Empresas Distribuidoras de Energía Eléctrica de Córdoba, reconociéndole dicha representación la otra parte.

D. Diego Manuel Talavera Sánchez, con DNI 52.694.497-W, en calidad de asesor.

En representación de parte interesada: UGT

Dña. María Trujillo Callealta, con DNI 44.035.336-L, en representación del sindicato UGT y miembro de la Comisión Negociadora, en su calidad de Secretaria General de la Federación Agroalimentaria en Córdoba, lo que acredita mediante fotocopia de escritura de poder otorgada en Sevilla, con fecha 30 de julio de 2009, ante el Notario, D. Luis Marín Sicilia, con el nº 1.823 de su protocolo.

Objetivos y finalidades del conflicto planteado por el promotor en el escrito de iniciación:

Según se indica en el escrito de inicio presentado, el presente conflicto tiene como pretensión la prórroga de la ultractividad del convenio, a tenor de lo acordado en la omisión nacional de la ANC entre patronales y sindicatos.

Se hace constar que en el supuesto de que el procedimiento ante el SERCLA finalice con avenencia, este Sistema solicitará a la Autoridad Laboral la inscripción del acuerdo alcanzado en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, conforme a los artículos 2.1.d y 6.1.c del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo.

El presente acto comienza a las 11,45 horas, finalizando a las 12,45 horas, siendo el número de trabajadores afectados por este conflicto el de 150.

Todas las partes comparecientes, en representación de las organizaciones miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo provincial del Sector de las Empresas Distribuidoras de Energía Eléctrica de Córdoba acuerdan:

Primero: Ampliar el plazo de ultraactividad del Convenio Colectivo Provincial del Sector de las Empresas Distribuidoras de Energía Eléctrica de Córdoba (BOP de 19 de septiembre de 2011), a los efectos previstos en la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 3/2012, de 6 de julio, de Medidas Urgentes para la reforma del Mercado Laboral, hasta el próximo día 31 de diciembre de 2013, salvo que con anterioridad a esta fecha se firme el nuevo convenio colectivo, quedando por tanto, hasta tal fecha vigentes las cláusulas normativas del Convenio Colectivo de las Empresas Distribuidoras de Energía Eléctrica de Córdoba, para los años 2009-2011.

Segundo: Reunirse la Comisión Negociadora en la primera semana de septiembre de 2013, fijar un calendario de reuniones.

Tercero: Condicionar la ampliación del plazo anteriormente señalado, al establecimiento de un periodo de paz social coincidente con dicho plazo y desde la fecha del presente acuerdo, de tal manera que los representantes legales de los trabajadores que suscriben el presente acuerdo, se comprometen a no efectuar convocatoria de huelga o paro laboral de ninguna clase durante el tiempo que duren las negociaciones para la firma del nuevo Convenio Colectivo del Sector de las Empresas Distribuidoras de Energía Eléctrica de Córdoba, y en todo caso hasta la fecha prevista del 31 de diciembre de 2013, en la que, salvo pacto en contrario, perderá vigencia el convenio colectivo denunciado.

Cuarto: Los Acuerdos reflejados en los apartados anteriores se establecen con el objeto de posibilitar el desarrollo de un proceso activo de negociación del convenio colectivo del Sector de las Empresas Distribuidoras de Energía Eléctrica de Córdoba, que ambas partes se comprometen a llevar a cabo de buena fe y en aras de alcanzar un acuerdo, evitando así la pérdida de vigencia del convenio colectivo actual en virtud de lo dispuesto en la Ley 3/12, de reforma del art. 86 del ET.

Quinto: Por último, las partes designan a D. Diego Manuel Talavera Sánchez para que realice los trámites necesarios para el registro telemático de este Acta y de los acuerdos plasmados en la misma, ante la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

A la vista de los Acuerdos alcanzados, se da por finalizado el procedimiento con avenencia.

En cumplimiento de lo establecido en los arts. 2.1.d) y 6.1.c) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, este órgano de mediación, remitirá a la autoridad laboral competente, copia del Acuerdo alcanzado, solicitando su inscripción en el Registro correspondiente.

Componentes de la C.C.M.- Apellidos, nombre, D.N.I.

Presidencia; Pérez Pérez, José Manuel. DNI 30.788.772-Y   

Secretaria; González Montes, Mª Angustias. DNI 25.991.717-S

Vocal; Rodríguez Ardila, Federico. DNI 30.533.998-A

Vocal; Torres Cot, Manuel. DNI 30.428.905- C

Vocal; Baamonde García, Carlos. DNI 33.997.568-A

Firma de la representación de la parte promotora: CCOO

Nombre, apellidos, D.N.I.

Rafael Morales Lara. DNI 30.527.661-Z

En representación de la parte frente a la que se promueve el conflicto: Empresas Distribuidoras de Energía Eléctrica de Córdoba:

Nombre, apellidos, D.N.I.

Jesús Manuel Córdoba Rueda. DNI 30.012.761-S

Diego Manuel Talavera Sánchez. DNI 52.694.497-W

En representación de partes interesadas: UGT

Nombre, apellidos, D.N.I.

María Trujillo Callialta. DNI 44.035.336-L

Córdoba 10 de julio de 2013.- La Presidencia de la Comisión de Conciliación-Mediación, Fdo. José Manuel Pérez Pérez.- Vº Bº: La Secretaria de la Comisión de Conciliación-Mediación, Fdo. Mª Angustias González Montes.

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