Boletín nº 148 (05-08-2013)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 2
Córdoba

Nº. 6.449/2013

El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 2 de Córdoba, hace saber:

Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento núm. 1479/2012, sobre Social Ordinario, a instancia de Francisca Luna Moreno, Juan Daniel Sánchez García y Antonio Jesús Sánchez  Castillejo contra Fogasa y Consultoras de Nuevas Tecnologías de la Información S.L.U., en la que con fecha 08/07/13 se ha dictado Sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

"Fallo

Que estimando  la demanda formulada por D. Juan Daniel Sánchez García, D. Antonio Jesús Sánchez Castillejo y Doña  Francisca Luna Moreno, contra la empresa Consultoras de Nuevas Tecnologías de la Información SLU debo condenar y condeno a la demandada a que abone a cada uno de los actores la cantidad de 2.065,73 euros de principal, más el 10% en concepto de interés de demora.

El Fondo de Garantía Salarial deberá estar y pasar por el presente pronunciamiento de condena en el alcance previsto en la legislación vigente.

Notifíquese esta Sentencia en legal forma a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer Recurso de Suplicación para ante la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el término de cinco dias hábiles a partir del de la notificación y por conducto de este Juzgado.
Así por esta mí Sentencia, cuyo original se archivará en el Libro de Sentencias, lo pronuncio, mando y firmo."

Y para que sirva de notificación en forma a Consultoras de Nuevas Tecnologías de la Información S.L.U., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

En Córdoba, a 15 de julio de 2013. El/La Secretario/a Judicial, firma ilegible.

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