Boletín nº 169 (04-09-2013)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 7.233/2013

Doña Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba, hace saber:

Que en la ejecución de título judicial numero 243/13, dimanante del Procedimiento 1606/2012 a instancia de  Inmaculada Santos López, Ascensión Cano Cantador, María Isabel Dueñas Cerrato, Jacinta Sánchez Fernández, María Ángeles Santos López y Mercedes Josefa García Torres contra Esabe Limpiezas Integrales S.L., sobre reclamación de cantidad, se ha  dictado Resolución de fecha 22/07/13, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"S.Sª. Iltma. dijo: Procédase a la ejecución de la sentencia por  la suma de:

1. Doña Inmaculada Santos López: 4.447,90 €, más 444,79 € de intereses de mora, en total 4.892,69 euros

2. Doña Jacinta Sánchez Fernández: 9.811,44 €, más 981,14 € de intereses de mora en total 10.792,58 euros

3. Doña Mª Ángeles Santos López: 11.296,79 €, más 1.129,68 € de intereses de mora en total 12.426,47 euros

4. Doña Mereces Josefa García Torres: 9.940,19 €, más 994,02 € de intereses de mora en total 10.934,21 euros

5. Doña Ascensión Cano Cantador: 9.361,50 €, más 936,15 € de intereses de mora en total 10.297,65 euros

6. Doña Mª Isabel Dueñas Cerrato: 10.391,79 €, más 1.039,18 € de intereses de mora en 11.430,97 euros,

en concepto de principal, más la de 3.646,47 euros calculados para intereses y 6.077,45 euros calculados para gastos y costas.

Habiendo sido declarada la ejecutada en insolvencia provisional dése audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de quince días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones de la deudora que puedan ser objeto de embargo.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe Recurso de Reposición, sin perjuicio del derecho de la ejecutada a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este Auto, lo acuerdo, mando y firma la Iltma. Sra. Dña. Rosario Flores Arias, Magistrada Accidental del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba. Doy fe".

Y para que sirva de notificación a la demandada Esabe Limpiezas Integrales S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 22 de julio de 2013.- El Secretario Judicial, Fdo. Manuel Miguel García Suárez.

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