Boletín nº 174 (12-09-2013)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Puente Genil
Nº. 6.318/2013
Doña Carmen López Prieto, Secretaria General del Excmo. Ayuntamiento de la Villa de Puente Genil, certifica:
Que el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 28 de enero de 2013 (modificada por acuerdo de Pleno de fecha 24 de junio de 2013, punto 6º), adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
Punto Undécimo. Aprobación Definitiva Proyecto de Actuación promovido por Albamonte Inversiones, S.L., para construcción de Vivienda Unifamiliar Aislada ligada a Explotación Agropecuaria en Finca Tiscar, Polígono 19, Parcelas 89, 16 y 92 y Polígono 34 Parcelas 5 y 104.
Conocido el dictamen emitido por la Comisión Informativa de Obras y Urbanismo Municipal, en sesión ordinaria celebrada el día 22 de enero de 2013, al punto séptimo del orden del día, a cuyo tenor:
Punto Séptimo. Proyectos de Actuación.
A) Expte. Proyecto Actuación 01/2012. Recibido informe de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, Delegación Territorial de Córdoba, registrado en este Ayuntamiento con fecha 11 de enero de 2013, número de entrada 244, en relación con el proyecto de actuación tramitado para construcción de una vivienda unifamiliar aislada ligada a explotación agropecuaria en la finca Tiscar, polígono 19 parcelas 89, 16 y 92 y polígono 34 parcelas 5 y 104, promovida por Albamonte Inversiones S.L.
Vistas las observaciones contenidas en dicho informe que transcritas literalmente dicen:
- En el trámite de concesión de licencia se deberá asegurar la vinculación de la superficie a la actividad prevista, del total de la parcela, conforme al art. 67 d) de la LOUA, así como la obtención de cuantas autorizaciones o informes sean exigibles a tenor de las legislaciones sectoriales aplicables.
- Finalmente el promotor de la actuación deberá solicitar la oportuna licencia urbanística municipal de obras en el plazo máximo de un año a partir de la aprobación del presente Proyecto de Actuación, de acuerdo con lo regulado en el art. 42. 5. D. C de la citada LOUA.
La Comisión acuerda, por unanimidad de los miembros asistentes a la misma, lo siguiente:
Informar favorablemente
1º. Proponer al Ayuntamiento Pleno la aprobación definitiva del Proyecto de Actuación referenciado, con las observaciones arriba transcritas.
2º. Publicación del acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia.
3º. El propietario deberá constituir garantía por importe del 10 % de la inversión, excluida maquinaria y equipos conforme a lo dispuesto en el art. 52.4 párrafo 1 de la LOUA.
El Ayuntamiento Pleno, en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes, que son veinte de los veintiuno que lo componen, acordó:
1º) Aprobar definitivamente el Proyecto de Actuación a que el dictamen trascrito se refiere, procediendo a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.
Y para que conste, y surta efectos se expide la presente de orden y con el visto bueno del Sr. Alcalde, en Puente Genil, a 8 de julio del año 2013. La Secretaria General, firma ilegible. Vº Bº: El Alcalde, firma ilegible.