Boletín nº 202 (22-10-2013)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 8.435/2013

Doña Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba, hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 425/2013, a instancia de la parte actora Axesor Conocer para Decidir S.A. contra Transportes Secilla de Andalucía S.L., sobre Juicio Monitorio, se ha dictado Resolución de fecha 5 de julio de 2013 donde la parte dispositiva es de tenor literal siguiente:

Dispongo: Declarando la falta de competencia de este Juzgado para conocer de la presente "litis" por falta de jurisdicción, resultando competentes los Juzgados de Primera Instancia de Córdoba ante quien se deberá de presentar la correspondiente reclamación el legal plazo (artículo 5 LRJS).

Notifíquese esta resolución en legal forma a las partes personadas, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles a partir del de la notificación, advirtiendo a quien no tenga consideración de trabajador, beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, beneficio de asistencia jurídica gratuita o Entidad u Organismo exento conforme al artículo 1.19 de la Ley Orgánica 1/2009, que en caso de recurrir, deberá de consignar por cada recurso interpuesto, en su caso, en concepto de depósito en la cuenta que este Juzgado tiene abierta en la Entidad Banesto, (0030) con número 1446 0000 30 0425 la cantidad de 25 euros, indicando en el apartado concepto del ingreso la palabra "recurso de reposición" y debiendo acreditar la constitución del depósito mediante presentación de copia de resguardo de ingreso a la interposición del recurso.

Así lo acuerda, manda y firma don Antonio Jesús Rodríguez Castilla, Magistrado del Juzgado de lo Social 3 de Córdoba. Doy fe,

Y para que sirva de notificación a la demandada Transportes Secilla de Andalucía S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 27 de septiembre de 2013. La Secretaria Judicial, firma ilegible.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad