Boletín nº 202 (22-10-2013)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Peñarroya Pueblonuevo
Nº. 8.438/2013
Mediante Resolución de Alcaldía de fecha 14 de agosto de 2013, se aprobó el Plan de Tesorería del Municipio de Peñarroya-Pueblonuevo, para el segundo semestre del ejercicio 2013, lo que se publica a los efectos del artículo 52 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En virtud de las competencias que me atribuye el artículo 21.1) s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, así como la Base 41ª de las Bases de Ejecución del Presupuesto en vigor, prorrogado de 2011, visto el informe de Secretaría de 6 de agosto del presente y visto el Presupuesto de Tesorería para el segundo semestre de 2013 elaborado por la Sra. Tesorera de este Ayuntamiento, y para dar cumplimiento el artículo 16.8 de la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera,
Resuelvo
Primero. Aprobar el Presupuesto de Tesorería elaborado para el segundo semestre de 2013.
Segundo. Dése cuenta a la Intervención y a la Tesorería Municipal, así como al Pleno de la Corporación.
Tercero. Publicar el Plan de Tesorería en el Boletín Oficial de la Provincia.
Peñarroya-Pueblonuevo, 14 de agosto de 2013.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o Recurso de Reposición Potestativo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento de Peñarroya-Pueblonuevo, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o Recurso Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Córdoba, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de Reposición Potestativo, no podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
En Peñarroya-Pueblonuevo, a 26 de septiembre de 2013. La Alcaldesa, Fdo. María Gil Morata.