Boletín nº 215 (12-11-2013)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Valenzuela

Nº. 8.990/2013

Teniendo conocimiento que Lucretia Alexandra Carhat y Miryam Alvarado Rodríguez, no residen en el domicilio el que figuraban empadronadas, calle G, 2 de Valenzuela, y desconociéndose si han solicitado el alta en el Padrón de Municipal de otro municipio, al no haber recibido este Ayuntamiento comunicación alguna, de conformidad con el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, el Ayuntamiento dará de baja de oficio, por inscripción indebida, a quienes figuren empadronados incumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 54 del citado reglamento, tras el inicio del expediente por don Agustín Carrillo Jiménez, propietario del inmueble.

Intentada la notificación en el último domicilio conocido, sin que haya sido posible practicarla, se procede a realizarla a través del presente anuncio, de conformidad establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Durante el plazo de quince días, contados al siguiente desde la publicación de este edicto en el BOP, el interesado podrá presentar en el Negociado de Estadísticas los documentos y justificaciones que estime pertinentes.

Transcurrido el plazo señalado sin haber formulado alegación alguna, se continuará con el procedimiento de baja de oficio por inscripción indebida en el Padrón de Habitantes de acuerdo con las instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión y revisión del Padrón Municipal.

En Valenzuela, a 15 de octubre de 2013. El Alcalde-Presidente, Fdo. Antonio Pedregosa Montilla.

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