Boletín nº 225 (26-11-2013)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Benamejí

Nº. 9.652/2013

En cumplimiento de lo dispuesto del artículo 169.1 por remisión del artículo 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones o reclamaciones durante el plazo de exposición pública, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial adoptado en la sesión plenaria de 09 de octubre de 2013, de modificación de presupuesto número 15/2013 mediante la modalidad de de concesión de créditos extraordinarios y cuyo resumen es el siguiente:

 

A) Nuevas Partidas Presupuestarias a las que se asigna Crédito:

Clas. fun.

Clas. econ.

Denominación de las Clasificaciones

Importe

155

623.05

Utillaje Vías Públicas

2.359,50

338

622.12

Adecuación Plaza de Toros Espectáculos Públicos

5.479,65

333

622.15

Adecuación Ascensor C.T. Duquesa Benamejí

7.234,41

TOTAL

15.073,56

B) Medios o Recursos que las financian: Baja por anulación de los siguientes créditos:

Clas. fun.

Clas. econ.

Denominación de las Clasificaciones

Importe

155

619.03

Vías Publicas-Mejora Infraestructura Viales

1.464,63

152

681.00

Aportación Junta Compensación PPRI

13.608,93

TOTAL

15.073,56

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por si sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

Benamejí a 15 de noviembre de 2013. El Alcalde, Fdo. José Ropero Pedrosa.

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