Boletín nº 227 (28-11-2013)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Almodóvar del Río
Nº. 9.530/2013
La Alcaldesa-Presidenta del Excelentísimo Ayuntamiento de Almodóvar del Río (Córdoba), hace saber:
Que transcurrido el plazo reglamentario de exposición pública del acuerdo plenario de fecha 26 de septiembre de 2013, aprobando el expediente sobre las siguientes Ordenanzas Fiscales, sin que se haya presentado reclamación alguna, de conformidad con el apartado tres del artículo 17, del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, tal acuerdo ha quedado definitivamente aprobado.
A continuación se publican íntegramente el texto de la Modificación de la siguiente Ordenanza Fiscal:
ORDENANZA Nº 1 IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES
Se modifica el apartado a) del artículo 8, que queda como sigue:
Artículo 8º. Tipo de gravamen y cuota
El tipo de gravamen será:
a) Para los bienes inmuebles de naturaleza urbana el 0,60%.
ORDENANZA Nº 12 TASA POR PUESTOS, BARRACAS, CASETAS DE VENTA, ESPECTACULOS O ATRACCIONES SITUADAS EN TERRENOS DE USO PUBLICO E INDUSTRIAS CALLEJERAS Y AMBULANTES
Se modifica el siguiente apartado:
Puestos en el Mercadillo, por metro lineal o fracción y día: 1,00 €.
ORDENANZA FISCAL Nº 25 TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS URBANÍSTICOS
Se modifican los siguientes supuestos de hecho imponible:
1. Tramitación de expediente sometido a la Ley 7/2007, GICA, Autorización Ambiental Integrada: 200 euros.
2. Tramitación de expediente sometido a la Ley 7/2007, GICA, Autorización Ambiental Unificada: 156,86 €.
3. Tramitación de expediente sometido a la Ley 7/2007, GICA, Evaluación Ambiental: 119,49 euros.
4. Tramitación de expediente sometido a la Ley 7/2007, GICA, Calificación Ambiental: 78,42 euros.
5. Tramitación de expediente sometido a la Ley 7/2007, GICA, No Sometidas: 50 euros.
6. Tramitación de cada expediente de cambio de titularidad de licencia de actividad o de apertura de establecimiento: 15,63 euros.
Se eliminan los siguientes apartados:
1. Expediente de reconocimiento de asimilación fuera de ordenación: 3% sobre PEM.
2. Certificado de antigüedad en suelo urbanizable o no urbanizable siendo necesario expediente asimilado fuera de ordenación: 3% PEM.
Se añade el siguiente hecho imponible:
Por la actuaciones materiales y la actividad administrativa para la paralización de obras sin licencia o sin ajustarse a la concedida; Por cada parte de paralización que se efectúe tras la primera orden de paralización o suspensión de las obras: 110,15 euros.
Almodóvar del Río, a 15 de noviembre de 2013. Firmado electrónicamente por La Alcaldesa, Mª Sierra Luque Calvillo.