Boletín nº 1 (02-01-2014)

III. Administración General del Estado

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Delegación de Economía y Hacienda
Córdoba

Nº. 10.196/2013

Don Luis González León, Delegado de Economía y Hacienda en Córdoba, hago saber:

De acuerdo con el artículo 59.5 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, al resultar desconocido el domicilio del obligado al pago que a continuación se indica y a fin de notificarle el requerimiento para presentación de documentación a efectos de resolución del fraccionamiento solicitado:

Fraccionamiento número 2013/211

Interesado: Servicios Integrados El Carpio, S.L.

C.I.F.: B14434419

Número justificante: 113212313433T

Número liquidación: 00014 2013 0 001404 9

Domicilio: Carretera Madrid-Cádiz, km 373, 14620 El Carpio (Córdoba)

En relación con la solicitud de fraccionamiento del pago del reintegro préstamo del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, número de justificante 113212313433T, número de liquidación 00014201300014049, y por importe de 31.561,50 €, presentada en el registro de entrada de esta Delegación de Economía y Hacienda, en fecha 01-10-2013, y al amparo del R.D. 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, en virtud del presente escrito se pone en su conocimiento que se aprecian las siguientes deficiencias que deberá subsanar:

- Deberá aportar fotocopia del C.I.F. o autorización expresa para consulta en base de datos.

- Deberá justificar documentalmente la existencia de dificultades económico-financieras que le impidan de forma transitoria efectuar el pago de la deuda en el plazo establecido (aportar Impuesto Sociedades, Resumen anual de IVA, últimos movimientos de cuenta, etc.)

- Cualquier otra documentación con trascendencia económico-financiera-patrimonial que se estime pertinente y que justifique la posibilidad de cumplir el fraccionamiento solicitado.

- Deberá presentar preaval que garantice el principal de la deuda, los intereses de demora que genere el fraccionamiento, más el 25% de la suma de ambas partidas.

A tal efecto dispone de diez días contados a partir del siguiente al de la notificación del presente requerimiento, para subsanar las faltas y acompañar los documentos señalados, de conformidad con el artículo 46.6 del Reglamento General de Recaudación, indicándole que si así no lo hiciera, se tendrá por no presentada la solicitud y se archivará sin más trámites.

En Córdoba, a 10 de diciembre de 2013. El Delegado de Economía y Hacienda, Fdo. Luis González León.

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