Boletín nº 39 (25-02-2014)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Lucena

Nº. 892/2014

Notificación sobre Baja de Extranjeros no Comunitarios sin Autorización de Residencia Permanente en el Padrón Municipal por caducidad de sus respectivas inscripciones al no haber procedido a la renovación de éstas.

El articulo 16.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local establece que la inscripción en el Padrón Municipal deberá ser objeto de renovación periódica cada dos años cuando lo sea de extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente, y que el transcurso de dicho plazo será causa para acordar la caducidad de las inscripciones siempre que el interesado no haya procedido a tal renovación.

Previo requerimiento a todas y cada una de las personas que a continuación se relacionan para que, en su caso, procedan a la renovación de su inscripción en el Padrón Municipal, sin que lo hayan realizado, y de conformidad con lo establecido en la Resolución de 28 de abril de 2005 del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar la caducidad de las inscripciones padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no sean renovadas cada dos años (B.O.E. número 128, de 30 de mayo de 2005), por la Alcaldía, con fecha 4 de febrero de 2014, se ha dictado Resolución disponiendo lo siguiente:

1º. Dar de baja por caducidad de la inscripción padronal en el vigente Padrón Municipal de Habitantes de este Municipio, a cada una de las personas que a continuación se relacionan, con efectos de la fecha en que les sea notificada la presente resolución, bien personalmente o mediante su publicación en el Tablón de Edictos de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al no haber efectuado los interesados petición de renovación padronal.

2º. Que, en el supuesto de que alguna de las personas aquí relacionadas, formulara petición de su renovación padronal antes de que le fuera notificada la presente Resolución, procede dejar sin efecto el registro correspondiente, permaneciendo por tanto inscrito en el vigente Padrón Municipal de Habitantes de este Municipio.

Intentada la notificación de la anterior resolución a los interesados que a continuación se relacionan, sin que se les haya podido practicar, aquélla se efectúa por medio del presente anuncio que se publicará en el tablón de edictos de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley treinta de mil novecientos noventa y dos, de veintiséis de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Apellidos y nombre

Documento identidad

Domicilio de notificación

Ait Ouchattou, Lhoucine

T476304

C/ Peso (El), 68, C, 2, A

Chabbaki, Mouna

U013481

C/ Río Guadiana, 47

Essbai, Adil

YT2531706

C/ Canalejas, 5, Esc. Ex, P02, A

Gutiérrez, María Florencia

X-7339049-W

Callejón Cerámica (La), 4, Esc. Iz, P02, C

Hurtado Aguirre, Irving Joan

X-9731345-E

C/ San Pedro, 62, PBJ, B

Pin Suárez, Delia Patricia

X-8076703-T

C/ Collados, 13, P02, B

Sall, Djiby Mamadou

M0400148

C/ General Lozano (Las Tiendas), 5, P01

Shahzad, Naveed

ME5149501

C/ Luque, 3, P03, IZ

Tipán Hermida, Mireli Marjorie

X-5953132-L

C/ Domngo Fernández Maíllo El Tinajero, 20, P01,C

Zewe, Sephen Christopher

463532247

C/ Antonio Eulate, 7, P01, D.

Iniciales del menor.- Domicilio.- Representante.- Documento identidad Representante.

B.C.C.T.; Calle Peñuelas, 11, P02, A; Ana Judith Tobón Morales; X-8572185-Q.

Lucena, a 4 de febrero de 2014. El Alcalde, Fdo. Juan Pérez Guerrero.

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