Boletín nº 106 (04-06-2014)

VI. Administración Local

Mancomunidad Campiña Sur Cordobesa
Córdoba

Nº. 3.436/2014

De conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley Orgánica 2/2012, de de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, en relación con el artículo 169 en relación con el 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se publica la aprobación definitiva del Plan Económico Financiero, aprobado en sesión plenaria celebrada el día 27 de marzo de 2014 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 81 de fecha 28 de abril de 2014, cuyo texto integro se inserta a continuación. 

PLAN ECONOMICO-FINACIERO DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS CAMPIÑA SUR CORDOBESA

INTRODUCCION

La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF), convierte el principio de estabilidad presupuestaria en la clave de la actual concepción financiera de las entidades públicas en general, reforzándolo con un principio de nuevo que es la sostenibilidad financiera que consagra la estabilidad presupuestaria como conducta financiera permanente de todas las Administraciones Públicas.

La estabilidad presupuestaria se define como la situación de equilibrio o superávit estructural que deben presentar todas las Administraciones Públicas y la sostenibilidad financiera como la capacidad para financiar gastos presentes y futuros dentro de los límites de déficit y deuda pública.

Para las Corporaciones Locales se cumple el objetivo de estabilidad presupuestaria, si el conjunto de los presupuestos y estados financieros iniciales de las entidades clasificadas como administraciones públicas que integran la Corporación Local, presentan equilibrio o superávit, en términos de capacidad de financiación, de acuerdo con el Sistema Europeo de Cuentas. El artículo 11.4 de la LOEPSF establece que las Corporaciones Locales deberán mantener una posición de equilibrio o superávit presupuestario.

La estabilidad presupuestaria implica que los recursos corrientes y de capital no financieros deben ser suficientes para hacer frente a los gastos corrientes y de capital no financieros. La capacidad inversora municipal vendrá determinada por los recursos de capital no financieros y los recursos corrientes no empleados en los gastos corrientes (ahorro bruto).

El cálculo de la capacidad/necesidad de financiación en los entes locales sometidos a presupuesto se obtiene por diferencia entre los importes presupuestados y liquidados en los capítulos 1 al 7 de los estados de ingresos y los capítulos 1 al 7 del estado de gastos, previa aplicación de ajustes relativos a la valoración, imputación temporal, exclusión o inclusión de los ingresos y gastos no financieros.

En la fase de liquidación del presupuesto se habrá cumplido el objetivo de estabilidad presupuestaria fijado cuando el resultado de los capítulos no financieros del presupuesto de ingresos (capítulo I a VII) y gastos (capítulo I a VII) sea cero o positivo, aplicando para su cálculo los criterios del SEC 95, esto es convirtiendo el presupuesto administrativo en un presupuesto en un presupuesto en términos de contabilidad nacional. En definitiva la estabilidad se entiende como el equilibrio o capacidad de financiación según los criterios del SEC (Sistema Europeo de Cuentas).

Además del cumplimento del principio de estabilidad presupuestaria, la LOEPSF exige el cumplimiento de la Regla de Gasto y el principio de sostenibilidad financiera, referida esta última al volumen de deuda pública y en su artículo 21 dispone que en el caso de incumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, el objetivo de deuda pública o de la regla de gasto, la Administración incumplidora deberá formular un plan económico-financiero que permita en un año el cumplimiento de los objetivos o de la regla de gasto.

NORMATIVA REGULADORA

- La ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

- Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley de Estabilidad Presupuestaria en su aplicación a las Entidades Locales.

- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas (TRLRHL), en relación con el Principio de Estabilidad Presupuestaria (artículo 53.7)

ANTECEDENTES

La liquidación del Presupuesto del ejercicio 2013, fue aprobada por decreto de alcaldía de número 2/2014 de 18 de febrero 2014.

De conformidad con los datos resultantes de la liquidación del ejercicio 2013, la Intervención de la Mancomunidad, mediante informe emitido con fecha 18 de febrero de 2014, evaluó el cumplimento del objetivo de estabilidad presupuestaria, entendida ésta como la posición de equilibrio financiero, según el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2012 de 27 de abril de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, determinando lo siguiente:

Para obtener el importe de superávit o déficit en términos de Contabilidad Nacional, según el SEC-95, realizamos el siguiente cálculo tomando los datos que a continuación se detallan:

1. La recaudación neta de los capítulos 1, 2 y 3 de los ingresos del presupuesto corriente y de ejercicios cerrados.

2. Los derechos reconocidos netos del ejercicio corriente de los capítulos del 4, 5, 6 y 7.

Seguidamente a la suma resultante, le restamos las obligaciones reconocidas netas de los capítulos 1 al 7 del ejercicio corriente, para determinar si cumplimos el objetivo de la estabilidad presupuestaria.

Liquidación Presupuesto de Ingresos

Capítulo

Derechos reconocidos

netos

3

Tasas, precios públicos y otros ingresos

102.751,38 €

4

Transferencias Corrientes

607.570,81 €

5

Ingresos Patrimoniales

      462,55 €

TOTAL

710.784,74 €

Liquidación Presupuesto de Gastos

Capítulo

Obligac. reconocidas

netas

1

Gastos de Personal

  448.884,96 €

2

Gastos Corrientes y Servicios

  534.395,49 €

3

Gastos Financieros

    28.609,19 €

4

Transferencias Corrientes

    94.395,27 €

TOTAL

1.106.284,91 €

Capacidad/Necesidad de Financiación (sin ajustar)

  -395.500,17 €

Ajustes SEC 95

    -25.102,68 €

Capacidad/Necesidad de Financiación (ajustada)

  -420.602,85 €

Se informa que de acuerdo con los cálculos detallados, se pone de manifiesto que en la liquidación del presupuesto de 2013 no se cumple con el objetivo de la estabilidad presupuestaria, determinando ello la necesidad de elaboración de un Plan Económico-Financiero en cumplimento de lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Orgánica 2/2012 de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

El artículo 23 de la LOEPSF se refiere a la tramitación y seguimiento de los planes económicos-financieros y, en el caso de las Corporaciones Locales, señala que serán presentados ante el Pleno de la Corporación en el plazo de un mes desde que se constate el incumplimiento, debiendo ser aprobados por el mismo en el plazo máximo de dos meses desde su presentación y sin que su puesta en marcha no pueda exceder de tres meses desde la constatación del incumplimiento. Asimismo, de conformidad con dicho precepto, a los planes económico-financieros se les dará la misma publicidad que la establecida por las leyes para los Presupuestos de la entidad.

CAUSAS

El anterior informe establece como conclusión un incumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria por parte de la Mancomunidad Campiña Sur que se deriva en la necesidad de financiación de -420.602,85 €.

Sin embargo y como se mostrará a continuación, la existencia de ese déficit trae su causa, única y exclusivamente en la incorporación de remanentes de crédito de un ejercicio a otro, financiados a cargo de remanentes de tesorería para gastos con financiación afectada.

El Resultado Presupuestario del ejercicio 2013, de acuerdo con la liquidación aprobada es el siguiente:

Resultado presup.

1

Derechos reconocidos netos (+)

919.784,74 €

2

Obligaciones reconocidas netas (-)

1.106.284,91 €

3

Resultado presupuestario (1-2)

-186.500,17 €

4

Desviaciones positivas de financiación (-)

-131.866,33 €

5

Desviaciones negativas de financiación (+)

457.603,80 €

6

Gastos financiados con Remanente líqu. Tesorería (+)

0,00 €

8

Resultado presupuestario ajustado (3-4+5+6)

139.237,30 €

La cifra que arroja el Resultado Presupuestario de la Mancomunidad en el ejercicio 2013 antes de ajustes es negativa en 186.500,17€ ya que las obligaciones liquidadas fueron superiores a los ingresos liquidados en el ejercicio. A este respecto es preciso indicar, que el Resultado Presupuestario ha precisado ser ajustado, al haberse producido Desviaciones Positivas y Negativas anuales de financiación, es decir, se ha minorado en los excesos de financiación afectada a Remanentes de Crédito (131.866,33€) e incrementado en los excesos de Obligaciones Reconocidas respecto a la financiación de Recursos Afectados (457.603,80€). Una vez practicados todos los Ajustes el Resultado Presupuestario presenta un resultado positivo por importe de 139.237,30 €.

El Remanente Líquido de Tesorería Total asciende a 985.361,11€, quedando de Remanente de Tesorería para Gastos Generales 171.829,45€, habiéndose calculado conforme a lo dispuesto en los artículos 101 a 103 del RD500/90.

CÁLCULO DE REMANENTE LIQUIDO DE TESORERÍA

1. Fondos Líquidos: 296.703,95

2. Derechos Pendientes de Cobro: 886.824,17

+ De Presupuesto Corriente: 298.499,16

+ De Presupuesto Cerrados: 568.534,46

+ De Otras Operaciones No Presupuestarias: 19.790,55

- Cobros realizados pendientes de aplicación definitiva: 0,00

3. Obligaciones Pendientes de Pago: 198.167,01

+ De Presupuesto Corriente: 28.154,05

+ De Presupuesto Cerrados: 126.822,71

+ De Operaciones No Presupuestarias: 43.190,25

- Pagos Pendientes de Aplicación: 0,00

I. REMANENTE DE TESORERÍA TOTAL (1+-2-3): 985.361,11

II. Saldo de Dudoso Cobro: 237.774,84

III. Exceso de Financiación Afectad: 575.756,82

REMANENTE DE TESORERIA PARA GASTOS GENERALES: 171.829,45

(I-II-III)

Con respecto a los componentes del Remanente de Tesorería hemos de poner de manifiesto que se han estimado de dudoso o difícil cobro, tal como establece el artículo 191.2 del R.D.L 2/2004, una cuantía igual a 237.774,84 € y que existen gastos con Financiación Afectada, correspondientes a las desviaciones positivas acumuladas de financiación de recursos afectados por un total de 575.756,82 €.

Como puede observarse de de la lectura anterior sobre la Liquidación del Presupuesto del ejercicio 2013, la Mancomunidad de Municipios Campiña Sur, obtuvo un Resultado Presupuestario ajustado positivo de 139.237,30 € y un Remanente de Tesorería para Gastos Generales de 171.829,45 €. Ambos resultados muy buenos que, en principio, chocan con que la Mancomunidad tenga una necesidad de financiación de 420.602,85 €.

Esta necesidad de financiación se debe fundamentalmente a que las obligaciones reconocidas netas de los capítulos 1 a 7 del Presupuesto de gastos del ejercicio, supera a los derechos reconocidos netos de los capítulos 1 a 7 del Presupuesto de ingresos en 395.500,17 €.

Expuesto lo anterior, ¿por qué motivo si, las obligaciones reconocidas netas superan en tanta cuantía a los derechos reconocidos netos, las principales magnitudes presupuestarias arrojan resultados tan positivos. La respuesta a esta pregunta la encontramos en la ejecución de proyectos con financiación afectada. Si se observa el cuadro del Resultado Presupuestario, las desviaciones de financiación negativas del ejercicio ascienden a 457.603,80 €, esto implica que en 2013 se han ejecutado gastos correspondientes a proyectos cuya financiación viene del exterior (subvenciones) por este importe, mientras que el ingreso vinculado a este gasto o bien aún no se ha recibido o bien se recibió en ejercicios anteriores. Esta cantidad, de conformidad con la normativa contable y presupuestaria, ha de sumarse al Resultado Presupuestario del ejercicio como ajuste. En adición, esta cantidad implica que se reconozcan más obligaciones (gastos) que derechos (ingresos), puesto que el ingreso asociado al gasto del proyecto ya se reconoció en ejercicios pasados o se reconocerá en ejercicios futuros.

De esta manera en 2013, se hizo necesario dotar al presupuesto en vigor de aquellos créditos que estaban destinados a financiar las subvenciones concedidas en ejercicios anteriores, cuya ejecución se iba a llevar a cabo durante este ejercicio corriente, siendo necesaria la tramitación de los oportunos expedientes de modificación de créditos en su modalidad de incorporación de remanentes, tal y como se dispone en el artículo 182 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales y en el artículo 47 del Real Decreto 500/1990 de 20 de abril.

La incorporación de remanentes de crédito de un ejercicio a otro se puede financiar, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, preferentemente, por excesos de financiación y por compromisos firmes de aportación afectados a los remanentes que se pretenden incorporar. Además, esta incorporación tiene carácter obligatorio al amparo de lo contenido en el párrafo quinto del artículo 47, que prescribe que los remanentes de créditos que amparen proyectos financiados con ingresos afectados, deberán incorporarse obligatoriamente.

Dichos ingresos, cuyo destino va a ser financiar gastos derivados de los capítulos 1 y 2 principalmente, es decir gastos no financieros (corrientes), tuvieron su entrada en el presupuesto a través de la aplicación presupuestaria 87010 (Incorporación de Remanentes de créditos para gastos afectados). Dichos ingresos tienen la consideración de ingresos financieros, y puesto que están financiando gastos de naturaleza no financiera, generan déficit, y por tanto, necesidad de financiación en términos de estabilidad presupuestaria.

Altas en concepto de Ingresos

Concepto

Descripción

Euros

87010

Incorporación Remanentes de Crédito para Gastos Afectados

1.030.351,98

Efectivamente, la inestabilidad que arroja la liquidación del presupuesto 2013 obedece a la contabilización de esa incorporación de remanentes que, habiéndose computado en el capítulo VIII de ingresos, y habiendo dado lugar al reconocimiento de obligaciones principalmente de en los capítulos I y II de gastos, ha generado una necesidad de financiación en el ejercicio debido al método establecido legalmente para determinar la necesidad o capacidad de financiación de las Entidades Locales, que sólo tiene en consideración los capítulos I al VII de los estados de gastos e ingresos.

En definitiva, por tanto, no se trata de de un déficit real de financiación en el ejercicio 2013, ya que su causa viene dada exclusivamente por razón del procedimiento de cálculo aplicado para evaluar el cumplimento del objetivo de estabilidad presupuestaria, que difiere del tratamiento exigido por la normativa contable tal y como se ha detallado con anterioridad.

LINEAS BÁSICAS DE ACTUACION

El objetivo de este Plan Económico Financiero responde a lo establecido en la Ley Orgánica 2/20012 de 27 de abril de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, en orden a la corrección de las situaciones de desequilibrio puesta de manifiesto como consecuencia de la Liquidación correspondiente al ejercicio 2013.

En este caso la Mancomunidad recuperaría el objetivo de la estabilidad presupuestaria en un año, incumplido por la utilización del remanente de tesorería afectado, con las líneas de actuación que enmarcan la aprobación del presupuesto del ejercicio 2014, en situación de equilibro presupuestario y dentro del límite de variación del gasto computable. Circunstancias que se valoran en el informe de intervención que se acompañó para la aprobación del Presupuesto del ejercicio 2014 en el Pleno celebrado el 4 de diciembre de 2013 y que pasamos a exponer.

PRESUPUESTO 2014

ESTADO DE INGRESOS

ESTADO DE GASTOS

Cap.

Concepto

Importe

Cap.

Concepto

Importe

3

Tasas, otros ingresos

131.430,87 €

1

Gastos de personal

395.679,44 €

4

Transferencias corrientes

476.688,02 €

2

Gastos corrientes

142.215,29 €

3

Gastos financieros

  27.908,32 €

Total Operaciones Corrientes

608.118,89 €

Total Operaciones Corrientes

565.803,05 €

Total Operaciones no Financieras

608.118,89 €

Total Operaciones no Financieras

565.803,05 €

9

Pasivos financieros

  42.315,84 €

Total Operaciones Financieras

0,00 €

Total Operaciones Financieras

  42.315,84 €

TOTAL PRESUPUESTO DE INGRESOS

608.118,89 €

TOTAL PRESUPUESTO DE GASTOS

608.118,89 €

Resumen del informe de intervención

El cálculo de la capacidad/necesidad de financiación en los entes locales sometidos a presupuesto se obtiene por diferencia entre los importes presupuestados y liquidados en los capítulos 1 al 7 de los estados de ingresos y los capítulos 1 al 7 del estado de gastos, previa aplicación de ajustes relativos a la valoración, imputación temporal, exclusión o inclusión de los ingresos y gastos no financieros.

Seguidamente procedemos a realizar los cálculos necesarios para determinar si cumplimos dicho objetivo:

Presupuesto de Ingresos

Capítulo

Importe

3

Tasas, precios públicos y otros ingresos

131.430,87 €

4

Transferencias Corrientes

476.688,02 €

TOTAL

608.118,89 €

Presupuesto de Gastos

Capítulo

Importe

1

Gastos de Personal

395.679,44 €

2

Gastos Corrientes y Servicios

142.215,29 €

3

Gastos Financieros

  27.908,32 €

TOTAL

565.803,05 €

Superávit

  42.315,84 €

Se informa que de acuerdo con los cálculos detallados, se cumple con el objetivo de estabilidad presupuestaria.

El objetivo de la regla de gasto no es otro que limitar el crecimiento del gasto público estableciendo un tope de aumento máximo en función del crecimiento de la economía española, tomando como tasa de referencia el crecimiento del Producto Interior Bruto, situado en 1,5 para el ejercicio 2014. Los gastos de los capítulos 1 a 7 del presupuesto del año 2014, excluidos los intereses de la deuda y los gastos financiados con fondos finalistas o afectados, no podrán aumentar por encima del 1,5% respecto a la Liquidación del Presupuesto del año 2013. El cuadro siguiente demuestra que se cumple la citada regla:

Cálculo de la Regla de Gasto

Capítulo

Liquidación estimada

2013

Presupuesto 2014

1

Gastos de Personal

444.497,28 €

395.679,44 €

2

Gastos Corrientes y Servicios

545.513,26 €

142.215,29 €

3

Gastos Financieros

    28.701,58 €

    27.908,32 €

4

Transferencias corrientes

    97.654,83 €

0,00 €

Empleos no financieros

1.116.366,95 €

565.803,05 €

Intereses de la deuda

    -28.701,58 €

-  27.908,32 €

-

Gastos financiados con fondos finalistas

  -547.988,00 €

0,00 €

Gasto computable

  539.677,37 €

537.894,73 €

Variación del gasto computable

-0,03%

MEDIDAS DE CORRECCION DE LA SITUACION DE INESTABILIDAD PRESUPUESTARIA

Las circunstancias que han dado lugar a que la liquidación del presupuesto del ejercicio 2013 de la Mancomunidad de Municipios Campiña Sur Cordobesa se apruebe incumpliendo el objetivo de estabilidad presupuestaria han quedado ya analizadas en un punto anterior del presente Plan, de forma que ha quedado constatado que dicho incumplimiento se explica por la existencia en 2012 de diversos proyectos con financiación afectada que implicaron una incorporación de remanentes en 2013 por un importe total de 1.030.351,98 €, cantidad excesiva con respecto a los presupuestos anuales aprobados por la Mancomunidad.

La primera consideración sobre las medidas a aprobar parte de la imposibilidad de admitirse, como medida del plan para corregir el incumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, la no utilización del remanente de tesorería de carácter afectado, por la ya citada obligación legal de su utilización (artículo 47 Real Decreto 500/1990 y artículo 182.3 TRLRHL).

Sobre la base de lo expuesto, cabe afirmar que la recuperación de los objetivos de estabilidad presupuestaria y, en su caso, de la regla de gasto, incumplidos por la utilización del remanente de tesorería afectado se lograría con la simple aprobación del presupuesto del ejercicio siguiente en situación de equilibrio presupuestario y dentro del límite de variación del gasto computable, sin necesidad de medida estructural alguna dada la naturaleza del remanente de tesorería afectado en el ámbito de la Administración Local.

En este contexto, la Mancomunidad de Municipios Campiña Sur Cordobesa, ha elaborado este plan económico financiero en el que se expone el origen del desequilibrio en términos de contabilidad nacional y ha recogido en el mismo, el Presupuesto aprobado para el ejercicio 2014 en el Pleno celebrado el 4 de diciembre de 2013, en situación de equilibrio presupuestario y en cumplimiento de la regla del gasto.

En Aguilar de la Frontera, a 17 de mayo de 2014. La Presidenta de la Mancomunidad de Municipios Campiña Sur Cordobesa, Fdo. Francisca A. Carmona Alcántara.

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