Boletín nº 107 (05-06-2014)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 3
Córdoba
Nº. 3.526/2014
Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 297/2013. Negociado: AF
Demandante: Aranzazu Saavedra Molas
Demandado: Lye 2014 S.L.
DOÑA MARINA MELÉNDEZ-VALDÉS MUÑOZ, SECRETARIA JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE CÓRDOBA,
HACE SABER
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 297/2013, a instancia de la parte actora doña Aranzazu Saavedra Molas contra Lye 2014 S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado decreto de fecha 22.11.13 del tenor literal siguiente:
Procédase al embargo del crédito que la demandada Lye 2014 S.L. pudieran ostentar contra la Agencia Estatal de Administración Tributaria, así como los saldos existentes en las entidades bancarias, suficiente a cubrir el principal, más intereses y costas reclamados en la presente ejecución, o, en su caso, cualquier otra cantidad que resulte inferior, transfiriéndola a la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, a cuyo fin dése la orden oportuna vía telemática.
Modo de impugnación: Mediante Recurso de Reposición, a presentar ante quien dictó la Resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que, a su juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interpretación del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Y para que sirva de notificación a la demandada Lye 2014 S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 12 de mayo de 2014. La Secretaria Judicial, firma ilegible.