Boletín nº 121 (25-06-2014)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Nueva Carteya

Nº. 4.060/2014

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de la Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación de Resolución de Alcaldía recaída en Expediente de Paralización de Obras en relación con los actos que se están ejecutando en Avenida Ciudad de Cabra, número 16, por haberse intentado sin éxito en el último domicilio conocido del interesado, don José Luis Cobo Franco, que a continuación se inserta:

Notificación

Por la presente le notifico, que por Resolución de la Alcaldía de fecha 4 de junio de 2012 se ha dispuesto lo siguiente:

Resolución número 45/2012

Expediente: 435/2012

Don Vicente Tapia Expósito, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Nueva Carteya (Córdoba).

Decreto: Visto el informe del Arquitecto Técnico Municipal firmado electrónicamente el día 20 de marzo de 2012, sobre realización de obras situadas en Avenida Ciudad de Cabra, número 16, de esta localidad, pudiéndose comprobar que carece de la preceptiva licencia de obras, de las que resulta promotor don José Luis Cobo Franco.

Conforme a lo establecido en el artículo 181.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y en uso de las atribuciones le confiere la vigente legislación de Régimen Local.

Ha Resuelto: Primero. Suspender inmediatamente, como medida cautelar, los actos de Desescombrar Patio y Levantar Paredes Traseras, que realiza don José Luis Cobo Franco.

Segundo. Iniciar el oportuno procedimiento a que hace referencia el artículo 182.1 de la Ley de Ordenación Urbanística mencionada, para el restablecimiento de la legalidad urbanística, disponiendo que informen el Secretario y Arquitecto Técnico Municipal, en el plazo de diez días y evacuados que sean póngase el procedimiento de manifiesto al interesado, para que en el plazo de quince días alegue y presente los documentos y justificaciones que estime pertinente.

Lo mandó y firmó en Nueva Carteya

Da fe. El Secretario, Fdo. Enrique Reina Tristancho.

Debiendo significarle que esta Resolución, aún no siendo definitiva en vía administrativa, contra la misma podrá interponer Recurso Potestativo de Reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 enero, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al del recibo de la presente notificación, ante el Juzgado de este orden jurisdiccional, conforme a lo dispuesto en el artículo 107, 1) de la misma y articulo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. No podrán simultanearse ambos recursos.

No obstante, podrá utilizar otros recursos si lo estima procedente.

Sírvase firmar el duplicado para constancia en el expediente de su razón.

Nueva Carteya a, 5 de junio de 2012. Firmado electrónicamente por el Secretario, Enrique Reina Tristancho.

Lo que se hace público para conocimiento del interesado en Nueva Carteya, 6 de junio de 2014. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Vicente Tapia Expósito.

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