Boletín nº 121 (25-06-2014)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Doña Mencía
Nº. 4.070/2014
Doña Juana Baena Alcántara, Alcaldesa-Presidenta del Excelentísimo Ayuntamiento de Doña Mencía (Córdoba), hace saber:
Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de mayo de 2014, adoptó el acuerdo con el siguiente contenido literal en su parte dispositiva:
Primero. Declarar la innecesariedad de la redacción del Avance de planeamiento para la identificación de los asentamientos urbanísticos existentes en el suelo no urbanizable del municipio de Doña Mencía (Córdoba), y de los asentamientos que pudieran ser objeto de calificación como ámbitos del hábitat rural diseminado, de conformidad con el artículo 4 del Decreto 2/2012, de 10 de enero, por el que se regula régimen de las edificaciones y de los asentamientos existentes en suelo no urbanizable en la Comunidad Autónoma de Andalucía, y con la norma segunda, punto cinco, de la Orden 1 de marzo de 2013, por la que se aprueban las Normativas Directoras para la Ordenación Urbanística en desarrollo de los artículos 4 y 5 del Decreto 2/2012, de 10 de enero, al no resultar necesaria la tramitación de dicho Avance, por no existir asentamientos en suelo no urbanizable en el término municipal de Doña Mencía (Córdoba).
Segundo. Proceder a la publicación del acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de anuncios y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Doña Mencía, de conformidad con la norma 2ª.5 de la Normativa Directora para la Redacción de los avances previstos en el artículo 4 del Decreto 2/2012, de 10 de enero.
Doña Mencía, 9 de junio de 2014. La Alcaldesa, Fdo. Juana Baena Alcántara.