Boletín nº 126 (02-07-2014)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Benamejí
Nº. 4.227/2014
Intentada su notificación, no siendo posible por causas no imputables a esta Administración, de acuerdo con el articulo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, se notifica a las personas que se relacionan que su inscripción padronal, por su condición de extranjeros no comunitarios sin tarjeta de residencia permanente en España, deberá ser objeto de renovación periódica cada dos años, por lo que deberán de solicitar expresamente su renovación en el padrón municipal antes de la fecha indicada, notificándoles que, en caso de incomparecencia que lleve consigo la no renovación, por parte de este Ayuntamiento, se declararía su caducidad de la inscripción en el Padrón Municipal de, por haber transcurrido dos años desde su fecha de alta en el Padrón o desde la fecha de la última renovación expresa, sin haber procedido a su renovación:
RELACIÓN
Nombre y apellidos |
DNI/Tarjeta Residencia/Pasaporte |
Fecha renovación |
Dña Marcela Catracchia |
Y2.091.691Q |
14/08/2014 |
Don Abdellah Er Raziqui |
X9.944.427D |
14/08/2014 |
Lo que se hace público para general conocimiento y efectos.
En Benamejí, a 11 de junio de 2014. La Alcaldesa, Fdo. María José Montes Pedrosa.