Boletín nº 132 (10-07-2014)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 4
Córdoba

Nº. 4.405/2014

Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 85/2014. Negociado: IB

Sobre: Extinción Contrato Temporal

De: María Isabel Domínguez Esqueta

Contra: Fogasa e Ibertécnica S.L.

 

DON JUAN CARLOS SANJURJO ROMERO, SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE CÓRDOBA,

HACE SABER

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 85/2014, a instancia de la parte actora doña Maria Isabel Domínguez Esqueta contra Fogasa y Ibertécnica S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Resolución de fecha 10/06/14, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Declarar extinguida la relación laboral entre doña María Isabel Domínguez Esqueta y la empresa Ibertécnica, S.L., por la no readmisión de la trabajadora despachándose ejecución contra la empresa demandada.

Que debo condenar y condeno a la empresa demandada Ibertécnica, S.L., a pagar a doña María Isabel Domínguez Esqueta las siguientes cantidades, salvo error aritmético, por los conceptos que se expresan:

" 12.488,92 € en concepto de indemnización por despido fijado en sentencia + 2.256,21 € (18 meses desde el día siguiente al despido (19/12/12) a fecha de este auto x 33 días x 45,58 €/12 = 2.256,21 €). Total 14.745,13 €.

Y como salarios de trámite 23.929,50 € desde el 19/12/12, fecha siguiente al despido, al 09/06/14, fecha de este Auto, = 525 días a razón de 45,58 €.

Condenando a la empresa Ibertécnica, S.L., a estar y pasar por dicha declaración y al pago de las citadas cantidades, de las que deberán deducirse las cantidades percibidas por la ejecutante en los periodos en que, en su caso, haya prestado servicios para otras empresas, entre la fecha del despido y la de la presente resolución o concurriera causa de incompatibilidad con su percibo.

Continúese la ejecución despachada por el importe fijado más el 10% calculado provisionalmente para intereses y costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que, a tenor de lo dispuesto en el artículo 452 de la LEC, contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición en el plazo de 5 días contados a partir del siguiente de su notificación.

Así, por este Auto, lo acuerda, manda y firma la Ilma. Sra. Dª Mª Guadalupe Domínguez Dueñas, Magistrada Stta. del Juzgado de lo Social número 4 de Córdoba. Doy fe.

Y para que sirva de notificación a la demandada Ibertécnica S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 12 de junio de 2014. El Secretario Judicial, firma ilegible.

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