Boletín nº 135 (15-07-2014)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Pedro Abad
Nº. 4.513/2014
Teniendo conocimiento que don Andrés Puerma Martínez, con D.N.I. 30.538.423-N, ha dejado el domicilio de la calle Cid Campeador número 9 de esta localidad, en el que figuraba empadronado, desconociéndose si ha solicitado el Alta en el Padrón Municipal de otro municipio, al no haber recibido este Ayuntamiento comunicación alguna, de conformidad con el artículo 72 del Reglamento de Población de Demarcación Territorial de las Entidades Locales, el Ayuntamiento dará de baja de oficio, por inscripción indebida, a quienes figuren empadronados incumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 54 del citado Reglamento.
Intentada la notificación en el último domicilio conocido, sin que haya sido posible practicarla, se procede a realizarla a través del presente anuncio, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Durante el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del presente Edicto en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, el interesado podrá presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes.
Transcurrido el plazo señalado sin haber formulado alegación alguna, se continuará con el procedimiento de baja de oficio por inscripción indebida en el Padrón Municipal de Habitantes, de acuerdo con lo establecido en el apartado II-1-c2 de la Resolución de 1 de abril de 1997, de la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del Padrón Municipal.
En Pedro Abad a 25 de junio de 2014. La Alcaldesa, Fdo. Magdalena Luque Canalejo.