Boletín nº 135 (15-07-2014)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera
Nº. 4.525/2014
Intentada sin efecto la notificación de escrito de alegaciones desestimadas de fecha 6 de junio de 2014, de expediente sancionador en materia de tráfico 487/2014 contra don Rafael Espuny Fernández y que en su parte bastante dice:
El Agente denunciante informa:&que la persona denunciada tal y como se describe en el boletín de la denuncia, se encontraba circulando por dicha vía. Que en ningún momento estacionó ni realizó la maniobra descrita en las alegaciones&, afirmándose y ratificándose en todos los extremos de la denuncia.
En consecuencia esta Instrucción entiende que deben desestimarse las alegaciones formuladas continuándose con la tramitación del expediente 487/2014.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente Edicto, para que sirva de notificación de la misma.
En el expediente sancionador en materia de tráfico 487/2014 que podrá ser examinado en el Departamento de Sanciones de este Ayuntamiento, constan los hechos que se le imputan, así como la sanción impuesta, informándole de los recursos que puede ejercitar según Ley.
Aguilar de la Frontera, 26 de junio de 2014. El Alcalde, Fdo. Francisco Juan Martín Romero.