Boletín nº 140 (22-07-2014)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 4.710/2014

Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 139/2014. Negociado: IR

Sobre: Reclamación de Cantidad

De: José González Cantos, Francisco Porras Jiménez y Félix Manuel Gómez Blanco

Contra: Crisbeco S.L.

 

DOÑA MARINA MELÉNDEZ-VALDÉS MUÑOZ, SECRETARIA JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE CÓRDOBA,

HACE SABER

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1429/13, a instancia de la parte actora don Félix M. Gómez Blanco, don José González Santos y don Francisco Porras Jiménez contra Crisbeco S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado auto de fecha 6.6.2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de la demandada Crisbeco S.L., en cantidad suficiente a cubrir las siguientes cantidades:

Félix M. Gómez Blanco, 13.414,69 euros de principal más 1.231.39 euros de intereses de mora.

José G. Cantos, 9.525.68 euros de principal, más 874.93 euros de intereses de mora.

Francisco Porras Jiménez, 15.348,87 euros de principal, más 1.409,79 euros de intereses de mora.

Todo lo cual hace un total de 41.805,35 euros de principal, más 2.508,32 euros calculados para intereses más 4.180,53 euros presupuestados para costas, debiéndose guardar en la diligencia, el orden establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil, advirtiéndose a la ejecutada, administrador, representante, encargado o tercero, en cuyo poder se encuentren los bienes, de las obligaciones y responsabilidades derivadas del depósito que le incumbirán hasta que se nombre depositario.

Notifíquese la presente Resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe Recurso de Reposición, sin perjuicio del derecho de la ejecutada a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el Fundamento Cuarto de esta Resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este Auto, lo acuerdo, mando y firma el Iltmo. Sr. D. Antonio Jesús Rodríguez Castilla, Magistrado del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba. Doy fe".

Y para que sirva de notificación a la demandada Crisbeco S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplaza.

En Córdoba, a 18 de junio de 2014. La Secretaria Judicial, firma ilegible.

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