Boletín nº 144 (28-07-2014)

VIII. Otras Entidades

Instituto Municipal de Deportes
Córdoba

Nº. 4.431/2014

El Consejo Rector del Instituto Municipal de Deportes de Córdoba, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de junio de 2014, adoptó el siguiente acuerdo relativo a la ampliación y/o modificación de las Normas Generales de los Precios Públicos del Instituto Municipal de Deportes, publicados en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba el día 30 de diciembre de 2013:

Aprobar la incorporación a las Normas Generales de los Precios Públicos del IMDECO dentro del Artículo 7 Bonificaciones (Gestión Directa) la siguiente redacción:

-Uso de invitaciones para la promoción de las actividades y servicios prestados por el IMDECO.

Podrán utilizarse invitaciones para el acceso y uso de las instalaciones de gestión directa del IMDECO expedidas con motivo de la promoción de los servicios deportivos municipales, la normativa y procedimiento especifico de utilización de estas invitaciones queda desarrollado en el apartado Normas Particulares para el Uso y Arrendamiento de las Instalaciones de este documento.

Asimismo, incluir en el apartado Normas Particulares para el Uso y Arrendamiento de las Instalaciones el siguiente articulado:

-Normas particulares en la utilización de invitaciones para la promoción de las actividades y servicios prestados por el IMDECO:

-El número máximo de invitaciones a emitir no podrá ser superior a 100 al mes, ni superar las 1.100 anuales en total y entre todas las instalaciones.

-La invitación permitirá al beneficiario de esta, el acceso indistintamente a cualquiera de las Instalaciones Deportivas de Gestión Directa del IMDECO (Palacio Municipal de Deportes Vista Alegre e I.D.M. Fontanar), durante un sólo día, de manera gratuita.

-La invitación perderá su validez el 31 de diciembre del año en curso.

-Las invitaciones irán numeradas identificando el cómputo anual y mensual de su emisión.

-Las invitaciones no tienen por objeto suplantar o encubrir la figura de abonado, de esta manera y en cualquier caso, una misma persona no podrá ser beneficiario de más de dos invitaciones por año natural.

-La invitación deberá recoger el nombre, apellidos, DNI, dirección y correo electrónico del beneficiario, y autorizar mediante su firma la recepción de información y publicidad concerniente a servicios prestados por el IMDECO.

-Las solicitudes se realizarán según modelo elaborado al efecto y quedaran registradas en el Registro Auxiliar del P.M.D. Vista Alegre, facilitándose la invitación al interesado en el mismo momento de su solicitud si se cumplen las normativas y procedimientos relacionados. De este control quedará constancia en los registros con los que cuenta el Software de control de accesos de las Instalaciones de G.D del IMDECO.

-Los datos de carácter personal de los beneficiarios que se solicitan en la invitación formaran parte de una base de datos creada al efecto, esta base tendrá el tratamiento especificado en la Ley de protección de datos de carácter personal.

-La invitación informará de que están excluidos de la invitación el uso de servicios o espacios no incluidos en la figura de abonado o que conlleven el pago de cuota u otro precio público añadido por estos.

-El beneficiario deberá depositar el DNI en el control de acceso y retirarlo a la salida de la instalación, este protocolo aparecerá detallado en la invitación.

-Los abonados del IMDECO podrán disponer de hasta un máximo de 4 invitaciones por año natural, siendo este también el número máximo a conceder si se trata de abonado familiar pudiendo solicitarlas en cualquier momento. Las Invitaciones a disposición de los abonados, estando sujetas al número máximo permitido por abonado y año natural, su entrega estará condicionada también al número máximo existente de 100 mensuales. Las invitaciones deberán ser retiradas por los titulares del bono.

-Las Invitaciones podrán ser solicitadas también por cualquier persona interesada en conocer las instalaciones con el fin de realizar una probable inscripción. Esta solicitud se realizará en el mostrador de acceso, donde se le facilitaran al interesado si se cumplen las normativas y procedimientos que se han relacionado.

Esta modificación entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Córdoba, 30 de junio de 2014. Firmado electrónicamente por el Secretario del Instituto Municipal de Deportes de Córdoba en virtud de decreto de Delegación número 5978 de 24 de junio de 2014, David Gibert Méndez.

VºBº. Firmado electrónicamente por el Presidente del Instituto Municipal de Deportes de Córdoba, Miguel Reina Santos.

Aviso jurídico

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