Boletín nº 146 (30-07-2014)

VIII. Otras Entidades

Gerencia Municipal de Urbanismo
Córdoba

Nº. 5.051/2014

De acuerdo con lo previsto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común se emplaza a don Saúl Trujillo Carmona, con DNI 45741518S.

Para que comparezca, por sí o por representante acreditado, en la Oficina de Disciplina de Obras de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Córdoba, respecto al inicio de expediente de restablecimiento del orden jurídico perturbado, en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la presente publicación, para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes, por haber resultado infructuosa a la referida notificación cursada directamente al interesado en el domicilio que se indica.

Previamente y respecto a la adopción de Medidas Cautelares, Orden de Paralización de Obras y Precinto, podrá interponer en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la presente publicación, Recurso de Reposición de carácter potestativo ante el mismo órgano que ha dictado la Resolución, o Recurso Contencioso-Administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, en el plazo de dos meses a contar también desde el día siguiente al de la notificación del acto, a tenor de lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92 y 8 y 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente, bien entendido que si utiliza el Recurso de Reposición Potestativo no podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta que sea resuelto expresamente aquél o se haya producido la desestimación presunta del Recurso de Reposición interpuesto, lo que se producirá por el transcurso de un mes sin haber recibido notificación de la Resolución expresa del mismo.

Y ello en relación con el expediente:

Expediente número: 106/14/2014 RP.

Hechos: Construcción de cerramiento de malla metálica de 100 m. lineales por 2 m. de altura, sin la preceptiva licencia municipal.

Localización: Parcelación El Aljarafe, Camino Alhama frente Camino Alhambra junto al Río.

Actuación a notificar: Adopción Medidas Cautelares. Orden de Paralización de Obras y Precinto e Inicio de Procedimiento de Protección de la Legalidad mediante Reposición Realidad Física Alterada.

Córdoba, 22 de julio de 2014. El Gerente, Fdo. Ángel Rebollo Puig.

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