Boletín nº 162 (22-08-2014)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 5.590/2014

Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba

Procedimiento: Seguridad Social en materia prestacional 1433/2013. Negociado: MJ

Sobre: Incapacidad Permanente

De: Antonio Serrano Aguilera

Contra: INSS, Empresario Francisco Gómez Aguilera, Herederos de Hipólito Sanchiz CB, Mutua Fremap y Mutua Midat Cyclops

 

DOÑA MARINA MELÉNDEZ-VALDÉS MUÑOZ, SECRETARIA JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 3 DE CORDOBA,

HACE SABER

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1433/2013, a instancia de la parte actora don Antonio Serrano Aguilera contra INSS, Empresario "Francisco Gómez Aguilera", Herederos de Hipólito Sanchiz CB, Mutua Fremap y Mutua Midat Cyclops, sobre Seguridad Social en materia prestacional y en virtud del artículo 43 de la LRJS se ha dictado Resolución de fecha 12 de agosto de 2014 del tenor literal siguiente:

Diligencia de Ordenación

Secretaria Judicial Sra. Doña Marina Meléndez-Valdés Muñoz.

En Córdoba, a doce de agosto de dos mil catorce.

Resultando "desconocida" la demandada Herederos de Hipólito Sanchiz CB en los domicilios sitos en calle Cervantes número 6 y "Fincas Calvillo y Otras" ambos de Rute (Córdoba), según consta por las anteriores cartas devueltas recibidas en el día de la fecha, vista la fecha de señalamiento y constando citadas las restantes partes a los actos convocados, habilitándose el día de la fecha para la presente actuación en aplicación del artículo 43 de la LRJS a fin de evitar una posible suspensión y dilaciones innecesarias, consultada la web de Correos, constando igualmente resultado negativo en el domicilio intentado en Xátiva, y no así en el intentado en Madrid,

Acuerdo:

Visto lo anterior y para citación de la demandada Herederos de Hipólito Sanchiz C.B. a los actos convocados para el próximo 4 de septiembre de 2014, a las 10:45 horas, en prevención, librar Exhorto a los Juzgados de Madrid, adjuntando la documentación pertinente y proceder a su comunicación por medio de edictos, insertando la presente en el BOP de Córdoba, al constar haber tenido su domicilio en dicha demarcación, y en el tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos y haciendo saber a la parte que tiene una copia de la demanda a su disposición en la secretaría de este Juzgado.

Al tratarse la demandada Herederos de Hipólito Sanchiz CB de una Comunidad de Bienes, estése a lo establecido en el artículo 16.5 de la LRJS.

Cítese al Fogasa.

Modo de Impugnación: Mediante Recurso de Reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Y, en prevención, para que sirva de notificación a la demandada Herederos de Hipólito Sanchiz CB, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 12 de agosto de 2014. La Secretaria Judicial, Fdo. Marina Meléndez-Valdés Muñoz.

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