Boletín nº 167 (29-08-2014)
VI. Administración Local
Entidad Local Autónoma de Ochavillo del Río
Nº. 4.503/2014
La Junta Vecinal de la Entidad Local Autónoma de Ochavillo del Río, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de junio de 2014, adoptó acuerdo de aprobación inicial de la modificación del artículo 42.2 de la Ordenanza reguladora del Comercio Ambulante en Ochavillo del Río.
Lo que se hace público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, para que los interesados, durante un plazo de treinta días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOP, puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas.
Transcurrido dicho plazo sin que se haya presentado alegación alguna, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional. En caso contrario, las alegaciones serán resueltas por la Junta Vecinal de la Entidad Local Autónoma de Ochavillo del Río en el acuerdo de aprobación definitiva de la mencionada Ordenanza.
En Ochavillo del Río, a 26 de junio de 2014. El Presidente de la E.L.A., Fdo. Antonio Mengual Castell.