Boletín nº 167 (29-08-2014)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 6.043/2014

Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba

Procedimiento: Despidos/Ceses en general 641/2014. Negociado: DM

Sobre: Despidos

De: Rosalía Prieto Rodríguez

Contra: Rocío Medina Carpintero, Fogasa e Inversiones Iberocor S.L.

 

DOÑA MARINA MELÉNDEZ-VALDÉS MUÑOZ, SECRETARIA JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE CÓRDOBA

HACE SABER

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 641/2014, a instancia de la parte actora doña Rosalía Prieto Rodríguez contra Rocío Medina Carpintero, Fogasa e Inversiones Iberocor S.L., sobre Despidos/Ceses en general, se ha dictado Decreto Señalamiento y Providencia de fecha 17/07/2014 del tenor literal siguiente:

Acuerdo:

-Admitir esta demanda presentada en materia de despido.

-Señalar el próximo día 10 de septiembre de 2014, a las 12:15 de la mañana, para la celebración del acto de juicio en la sala de vistas de este Juzgado, sito en calle Doce de Octubre, 2 (Pasaje), Pl. 2, para el caso de que las partes no lleguen a una avenencia en el acto de conciliación a celebrar ante el Secretario Judicial sucesivamente se pasará a juicio.

-El desarrollo del juicio oral se registrará en soporte apto para la grabación y reproducción del sonido y de la imagen, sin la presencia del Secretario Judicial, salvo que las partes lo soliciten, al menos con dos días de antelación de la celebración de la vista o excepcionalmente lo considere necesario el Secretario Judicial conforme el artículo 89.2 de la LJS.

-Citar a las partes, sirviendo el presente decreto de citación en forma, con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá el Secretario Judicial en el primer caso y el Juez en el segundo, tener al actor por desistido de la demanda, y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía.

-Si las demandadas pretendiesen comparecer en el Juicio asistidas de Abogado o representadas técnicamente por Graduado Social colegiado o representadas por Procurador, lo harán constar en la demanda. Asimismo, las demandadas pondrán esta circunstancia en conocimiento del Juzgado o Tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el Juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por Graduado Social colegiado o representado por Procurador, designar Abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del Turno de Oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de Abogado, Procurador o Graduado Social colegiado.

-Se tienen por hechas las manifestaciones del actor de que comparecerá a los actos convocados asistido de Letrado.

-Adviértase a los litigantes que han de comparecer a juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse y que podrán formalizar conciliación en evitación del juicio, por medio de comparecencia ante la oficina judicial conforme establece el artículo 82.3 de la LJRS.

-Se señala, a efectos de oír notificaciones, domicilio en esta Capital, en Plaza de las Tendillas número 2, 3º izquierda.

-Deberá informar a este juzgado del número de Expediente y Juzgado que ha conocido del procedimiento de Extinción de la Relación laboral planteado; así como si hay dictada resolución y si la misma es firme, todo ello a fin de acordar lo que proceda sobre el proceso de despido ahora reclamado.

-Con carácter general, se recuerda a las partes, que cuantos más datos de carácter personal, como teléfono móvil, correo electrónico y fax refleje en la demanda y escritos que presenten ante este Juzgado, más facilidad habrá de contactar, en caso de necesidad.

-Cítese al Fogasa.

-Poner en conocimiento del demandado en el momento de su citación que el actor ha solicitado prueba de interrogatorio.

-Dar traslado a S.Sª de las actuaciones, a fin de que se pronuncie sobre la prueba propuesta por el actor en su escrito de demanda, relacionada anteriormente.

-Dar cuenta a S.Sª del señalamiento efectuado a los efectos del artículo 182 LEC.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de Impugnación: Mediante Recurso de Reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

La Secretaria Judicial, Fdo. Marina Meléndez-Valdés Muñoz.

Providencia del Magistrado don Antonio Jesús Rodríguez Castilla.

En Córdoba, a 17 de julio de 2014.

Dada cuenta. Se admiten las pruebas interesadas.

-Se accede a la citación del representante legal de la demandada con las advertencias del artículo 309 LEC.

-Se accede a la citación de doña Rocío Medina Carpintero, para llevar a cabo el interrogatorio de las partes solicitado de acuerdo con el artículo 301 de la LEC.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que frente a la misma cabe interponer Recurso de Reposición, ante este Juzgado, en el plazo de tres días, contados a partir de su notificación, advirtiendo a la Empresa demandada de que en caso de recurrir, deberá depositar el importe de 25 € en la cuenta que este Juzgado tiene abierta en la Entidad Banesto (0030), sita en Córdoba, avenida Conde Vallellano, 17. Oficina, 4211. D.C. 30, con el número 1446/0000/30/ (número del expediente, con 4 dígitos) / (año, con 2 dígitos), de acuerdo con la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009 de 3 de noviembre.

Lo mandó y firma S.Sª. Ante mí. Doy fe.

Y para que sirva de notificación a la demandada Inversiones Iberocor S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 21 de agosto de 2014. La Secretaria Judicial, Fdo. Marina Meléndez-Valdés Muñoz.

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