Boletín nº 183 (23-09-2014)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Montoro

Nº. 6.253/2014

Don Antonio Sánchez Villaverde, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Montoro con fecha 29 de agosto de 2014 firma Resolución Número 1619/2014 del siguiente tenor:

Visto el Expediente Número 294/2012-SE instruido a instancia de doña Josefa Leiva Canalejo para la tramitación de bajas de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes de las siguientes personas que no residen actualmente en el domicilio en el que figuran empadronados en Plaza del Mercado, número 18:

Nombre y Apellidos

Identificador

Halungescu, Adrián

X08542040R

Bisioc, Ana María

X08362507Y

Halungescu, Denisa Bianca

02/12/2009

Halungescu, Diana María

01/01/2011

Vista la Resolución adoptada por esta Alcaldía con fecha 5 de noviembre de 2012, por la que se acordó iniciar el procedimiento para dar de baja de oficio del Padrón Municipal de Habitantes de las personas antes relacionadas, por su inscripción indebida, por haberse comprobado que no residen en este municipio.

Visto que seguida la tramitación preceptiva, la correspondiente notificación y audiencia a los interesados, al resultar devueltas por el servicio de Correos las correspondientes notificaciones, fue publicado anuncio en el BOP de Córdoba Número 236, de fecha 12 de diciembre de 2012 y en el tablón de edictos de este Ayuntamiento, sin que durante el plazo de 10 días se haya presentado reclamación alguna.

Considerando que el artículo 72 del RD 1690/1986, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, en relación con el artículo 54 del mismo texto legal, y el desarrollo contenido en la Resolución de 9 de abril de 1997, sobre gestión del Padrón Municipal de Habitantes, los Ayuntamiento darán de baja de oficio, por inscripción indebida, a quienes figuren empadronados en el domicilio donde no residen habitualmente, una vez comprobada dicha circunstancia en el correspondiente expediente administrativo.

Visto informe emitido en sentido Favorable por el Consejo de Empadronamiento en sesión celebrada el día 11 de junio de 2013 en el que indica como observación: Consta informe de la Policía donde indica que siguen residiendo en el municipio pero se desconoce su vivienda habitual. Hagan las gestiones necesarias para determinar el domicilio en el que deban figurar empadronados conforme a las normas de gestión del Padrón municipal.

Visto contenido de la nota interior de la Policía Local Número 16/14 de fecha 13 de enero de 2014 en el que deja constancia que las citadas personas no siguen residiendo en el domicilio de Plaza de Mercado, Número 18, tras hablar con varios vecinos de la zona, estos manifiestan que se han marchado a Rumania, por lo que se les puede dar de baja en el Padrón Municipal de Habitantes.

En uso de las facultades normativamente conferidas,

Resuelvo:

Primero. Dar de Baja por Inscripción Indebida en el Padrón Municipal de Habitantes a:

Nombre y Apellidos

Identificador

Halungescu, Adrián

X08542040R

Bisioc, Ana María

X08362507Y

Halungescu, Denisa Bianca

02/12/2009

Halungescu, Diana María

01/01/2011

Segundo. Publicar el contenido de esta Resolución con los recursos que procedan en:

2.1. Tablón de Edictos de este Ayuntamiento.

2.2. Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Ello para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/92 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicos y Procedimiento Administrativo Común, ya que se ignora el domicilio actual de los interesados.

Tercero. Notificar el contenido de esta Resolución a doña Josefa Leiva Canalejo, persona que ha solicitado en calidad de propietaria la baja de las personas relacionadas anteriormente, al no residir en el domicilio en el que constan empadronados.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o Recurso de Reposición Potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el Alcalde de este Ayuntamiento de Montoro, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o Recurso Contencioso-Administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de los de Córdoba, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el Recurso de Reposición Potestativo no podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Montoro, a 1 de septiembre de 2014. Firmado electrónicamente por el Alcalde en funciones, José Romero Pérez.

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