Boletín nº 184 (24-09-2014)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de
Instrucción Numero 1
Córdoba
Nº. 6.323/2014
Juzgado de Instrucción Número 1 de Córdoba
Procedimiento: Juicio de Faltas 166/2013. Negociado: L
De: Francisco Arjona Cantos y Carmen Carriel Losada
Letrado: Guillermo Sojo Baena
Contra: Antonio Carlos Navarro Chacón
DON JORGE PÉREZ REINA, SECRETARIO DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE CÓRDOBA,
DOY FE Y TESTIMONIO
Que en el Juicio de Faltas número 166/2013 se ha dictado la presente Sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
En Córdoba, a 23 de mayo de 2014, la Ilma. Sra. Magistrado-Juez doña María Teresa García Rollán, titular del Juzgado de Instrucción Número 1 de este Partido, después de presidir el Juicio Oral celebrado, en nombre de S.M. El Rey, pronuncia la siguiente.
Sentencia Número 175/14
En este Juzgado se han tramitado autos de Juicio de Faltas número 166-13, seguido por falta de lesiones imprudentes contra Antonio Carlos Navarro Chacón, como autor, Francisco Manuel Sánchez Blancas, como responsable civil subsidiario, y Generali Seguros, como responsable civil directo.
Fallo
Que debo absolver y absuelvo a Antonio Carlos Navarro Chacón, como autor, Francisco Manuel Sánchez Blancas, como responsable civil subsidiario, y Generali Seguros, como responsable civil directo, de la falta por la que se ha seguido este Juicio, reservando las acciones civiles que correspondan a los perjudicados y declarando de oficio las costas causadas en esta instancia.
Líbrese certificación de esta Sentencia para unirla a los autos de su razón, y notifíquese a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme, y que contra ella cabe interponer, en el plazo de cinco días, Recurso de Apelación en este Juzgado, para ante la Audiencia Provincial de Córdoba.
Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que conste y sirva de notificación de Sentencia a Francisco Arjona Cantos, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, expido la presente.
En Córdoba, a 28 de agosto de 2014. El Secretario, firma ilegible.