Boletín nº 186 (26-09-2014)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Montoro

Nº. 6.370/2014

Por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de agosto de 2014, se adoptó entre otros el siguiente acuerdo:

Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y El Ayuntamiento de Montoro para la ejecución de la siguiente actuación: Medidas cautelares básicas a los problemas de dos muros de contención de tierras situados en la zona El Francés. En votación ordinaria, por unanimidad los once Sres. asistentes del total de trece que suma el número legal de miembros de este órgano, lo que representa un número superior al de su mayoría absoluta, se decidió la inclusión en el Orden del Día este asunto, según establece el artículo 83 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Expuso el Sr. Alcalde los pormenores de este asunto y motivó la necesidad de suscribir este Convenio tipo con el Ministerio cuanto antes porque es el único modo de acometer estas obras de forma urgente antes de que comiencen las lluvias, ya que se han producido en los dos inviernos anteriores sucesivos desprendimientos de este muro mismo que han provocado el corte del conocido como callejón del Pilar al tráfico rodado, y por tanto afecta no solo a la seguridad de quien utiliza esta vía de comunicación sino también a la travesía o calle del realejo, que es el principal acceso a Montoro, tratando así de preservar la seguridad vial que puede verse amenazada por la seguridad de estos muros. Dijo que se había llevado a cabo un informe valorado de las medidas cautelares y que ascendía su presupuesto total a 266.513,59 €, que se financiará con el remanente presupuestario por tratarse de una inversión financieramente sostenible.

Por el Sr. Secretario accidental se informa que consta en el expediente informe de la Secretaria General al convenio epigrafiado donde se analiza su naturaleza jurídica y se discrepa en este sentido de su cláusula sexta sobre la exclusión del ámbito de aplicación del RD Legislativo 3/2011 a las relaciones que en el mismo se articulan.

Por parte del Sr. Presidente se señala que se trata de una interpretación que ha realizado la Secretaria de este Ayuntamiento y que, no obstante, es un convenio que se está firmando en otros Ayuntamientos, tales como el de Cabra, Arcos de la Frontera y muchos otros.

Señala asimismo que es necesario realizar dicha obra por responsabilidad ya que existe serio riesgo de derrumbe cuando se produzcan lluvias en próximas fechas.

Pregunta don Francisco Luque Madueño por el motivo que expresa la Secretaria Municipal en su informe desfavorable que obra en el expediente.

Responde el Sr. Alcalde que el motivo es que se considera que Tragsa no es medio propio de este Ayuntamiento sino del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Pregunta don Francisco Luque Madueño si lo que se pretende con la adopción de este acuerdo es la firma del Convenio entre este Ayuntamiento y el Ministerio de Agricultura, respondiéndole el Sr. Alcalde en sentido afirmativo al respecto, añadiendo que se está preparando una consulta al Consejo Consultivo.

Doña Rocío Soriano Castilla señala que encuentra justificada la realización de dicha obra pero que una vez que han examinado el expediente le ha causado sorpresa el hecho de que en el mismo obre un estudio de las actuaciones necesarias para llevar a cabo dichas obras.

Asimismo señala que le llama la atención el informe de Secretaría que ya se ha mencionado del que se deduce que Tragsa no puede considerarse medio propio del Ayuntamiento, por lo que dichas obras deberían licitarse por el Ayuntamiento.

Responde el Sr. Alcalde que el Ayuntamiento de Montoro aún no ha adquirido ningún compromiso u obligación con Tragsa, existiendo hasta el momento sólo un informe realizado por técnicos especializados, que contiene una valoración, una propuesta.

Señala asimismo que lo primero que se hizo desde este Ayuntamiento fue solicitar un informe técnico a la Diputación Provincial de Córdoba, que es la institución que debe apoyar a los Ayuntamientos, emitiéndose después de mucho tiempo un breve informe de medio folio de extensión.

Don Antonio Javier Casado Morente interviene para decir que el Grupo Socialista va a votar a favor del acuerdo por dos razones: por responsabilidad política y porque entiende que la realización de las obras está justificada.

En votación ordinaria, con el voto favorable de los Grupos Socialista (7) y de IU-LV-CA (2) y la abstención del Grupo Popular (2), del total de trece que suma el número legal de miembros de este órgano, lo que representa un número superior al de su mayoría absoluta, se adoptó el siguiente

Acuerdo:

Primero. Aprobar el Convenio de Colaboración a suscribir entre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y el Ayuntamiento de Montoro para la ejecución de la siguiente actuación: Medidas cautelares básicas a los problemas de dos muros de contención de tierras situados en la zona El Francés, de acuerdo a la Memoria valorada que consta en el expediente presupuestada en la cantidad de 266.513,59 €, y a las estipulaciones del modelo tipo de convenio que se transcribe a continuación:

Convenio de colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y el Ayuntamiento de Montoro para la ejecución de la siguiente actuación: Medidas cautelares básicas a los problemas de dos muros de contención de tierras situados en la zona El Francés en Montoro (Córdoba)

En Madrid, a &de & de 201&

Reunidos

De una parte, Doña Begoña Nieto Gilarte, Directora General de Desarrollo Rural y Política Forestal, del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, nombrada mediante Real Decreto 158/2012, de 13 de enero, actuando en nombre y representación del citado Departamento de la Administración General del Estado de acuerdo con las facultades que le atribuye el capítulo I.1.c) y e) de la Orden AAA/838/2012, de 20 de abril, sobre delegación de competencias del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Y, de otra parte, don Antonio Sánchez Villaverde, como Alcalde, en nombre y representación del Ayuntamiento de Montoro con facultades bastantes para el presente acto en virtud de su cargo, de acuerdo con el artículo 21.1 b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

Ambas partes, en la calidad en la que intervienen, se reconocen capacidad jurídica suficiente para la suscripción del presente Convenio de Colaboración y, a tal efecto,

Exponen

Primero. La múltiple y compleja realidad que supone la coexistencia de la Administración General del Estado, las Administraciones Autonómicas y las de las Entidades Locales, proyectando su actividad sobre un mismo espacio subjetivo y geográfico, demanda incentivar un marco de actuación común a todas ellas, que propicie su participación institucional de actuación e incremente sus niveles de eficiencia.

En este sentido, las Entidades locales tienen atribuida la intervención en cuantos asuntos afectan directamente al círculo de los intereses y responsabilidades de los municipios que, en infinidad de ocasiones, se conectan con los de la Administración General del Estado, y en este espacio se hace necesario que las dos administraciones colaboren estrechamente.

Segundo. En virtud del reparto competencial existente, configurado en los artículos 149.1.23 y 149.1.24 de la Constitución y el artículo 25 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, entre las actuaciones que pueden ser objeto de cooperación entre ambas Administraciones se encuentran aquellas en materia de ordenación, gestión, ejecución y disciplina urbanística, conservación y rehabilitación de la edificación; la infraestructura viaria y otros equipamientos de su titularidad urbanas, así como la conservación y mejora medioambiental de los espacios comprendidos dentro de los términos municipales.

Tercero. Asimismo, y de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 401/2012, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA), corresponde a la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal tanto el diseño de los instrumentos de la planificación de la ordenación general de la economía y cooperación entre los territorios, debiendo colaborar con las entidades relacionadas con estas materias, como la coordinación, ejecución y seguimiento de planes encaminados a la mejora de infraestructuras.

Por otra parte, la conservación y mejora ambiental en el territorio de los municipios es un objetivo en el que deben de colaborar todas las Administraciones Públicas. En este sentido tanto la mejora de infraestructuras como la conservación y mejora medioambiental de los espacios comprendidos dentro de los términos municipales contribuye, de manera efectiva, a la regeneración ambiental y social del territorio.

Cuarto. El artículo 2.4 del Real Decreto 1.072/2010, de 20 de agosto, por el que se desarrolla el régimen jurídico de la Empresa de Transformación Agraria, SA (TRAGSA), y de sus filiales, regula la aportación de TRAGSA y de sus filiales por la Administración General del Estado en sus relaciones de cooperación con otras Administraciones o sujeto jurídico-públicos, la cual se debe instrumentar a través de un convenio de colaboración entre las

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