Boletín nº 187 (29-09-2014)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Peñarroya Pueblonuevo

Nº. 6.558/2014

Doña María Gil Morata, Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Peñarroya-Pueblonuevo, hace saber:

Que habiendo sido aprobado inicialmente el Reglamento regulador del Aula Municipal de Música y Promoción Cultural de Peñarroya-Pueblonuevo acordado por el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el 31 de julio de 2014, mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 7 de agosto de 2014 y habiendo transcurrido el plazo para presentación de reclamaciones o sugerencias sin haberse producido alguna, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, se entiende definitivamente aprobado, adjuntando el texto íntegro del citado Reglamento para su publicación.

Peñarroya-Pueblonuevo a 13 de septiembre de 2014. La Alcadesa, Fdo. María Gil Morata.

REGLAMENTO REGULADOR DEL AULA MUNICIPAL DE MÚSICA Y PROMOCIÓN CULTURAL DE PEÑARROYA-PUEBLONUEVO

Exposición de Motivos

El Aula Municipal de Música y Promoción Cultural de Peñarroya-Pueblonuevo otorga la oportunidad, a todas las personas sin límite de edad, de acceder a la práctica de la música y la cultura de manera no profesional con el objetivo principal de promocionar la cultura musical de la localidad de Peñarroya-Pueblonuevo.

Otro de los objetivos de este Aula es la participación en la vida cultural y musical de la ciudad fomentando la práctica de la música desde la infancia hasta la tercera edad, además de orientar a las enseñanzas regladas a aquellos alumnos/as que así lo deseen.

El Aula Municipal de Música de Peñarroya-Pueblonuevo es un servicio público de promoción cultural enmarcado dentro de las competencias propias de los municipios.

I. DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. Objeto

El objeto del presente reglamento es la ordenación del funcionamiento del Aula Municipal de Música y Promoción Cultural de Peñarroya-Pueblonuevo.

Artículo 2. Definición

El Aula Municipal de Música y Promoción Cultural de Peñarroya-Pueblonuevo es un servicio público del Ayuntamiento que tiene como fin la práctica de la música y la promoción de la tradición cultural musical de la localidad.

Artículo 3. Régimen Jurídico

El Aula Municipal de Música y Promoción Cultural de Peñarroya-Pueblonuevo es un servicio público del Ayuntamiento, gestionado de forma indirecta mediante concesión administrativa.

La concesión administrativa del Aula Municipal de Música y Promoción Cultural de Peñarroya-Pueblonuevo se regirá por la legislación vigente en la materia.

II. ESTRUCTURA DE LAS ACTIVIDADES

Artículo 4. Características Generales

Las actividades que se realizan en el Aula Municipal de Música se distribuyen en tres apartados:

1. Iniciación a la Música a Edades Tempranas.

2. Práctica Instrumental.

3. Formación Musical Complementaria.

4. Preparación para el Acceso a las Enseñanzas Regladas.

III. PROCESO DE ADMISIÓN Y MATRICULACIÓN

Artículo 5. Matriculación y Oferta Educativa

1. Anualmente se aprobará la oferta educativa y el plazo ordinario o extraordinario de matrícula.

2. La referida oferta y el plazo serán difundidos por parte del Ayuntamiento a través de sus cauces habituales.

Artículo 6. Requisitos y Condiciones

Los solicitantes deberán:

1. Tener una edad mínima de 12 meses.

2. Presentar el impreso de matrícula indicando:

a) Datos personales del alumno/a y sus padres/tutores (en caso de ser menor de edad).

b) Las actividades a las que desea matricularse.

c) Resguardo de pago de la tasa de matrícula.

d) Datos bancarios para el cobro de las cuotas mensuales.

Artículo 7. Documentos de Matrícula

1. Los impresos de matrícula estarán a disposición de los interesados en los lugares asignados para tal efecto por el Ayuntamiento de Peñarroya-Pueblonuevo.

Dichos impresos se podrán presentar, debidamente cumplimentados, en el Ayuntamiento de Peñarroya-Pueblonuevo u otros lugares designados para tal efecto.

Artículo 8. Admisión

1. Las actividades solicitadas deberán tener un mínimo de alumnos/as preinscritos para poder llevarse a cabo.

2. Los solicitantes que no hayan obtenido plaza, permanecerán en lista de espera hasta que existan nuevas plazas.

Artículo 9. Condiciones de la Oferta Educativa

1. Los horarios de las actividades y la oferta educativa se asignarán por parte de la empresa que gestione este servicio.

2. El horario podrá estar dentro de las tardes de lunes a viernes, pudiendo ofertarse de manera extraordinaria también los sábados.

3. Las actividades se realizarán en los espacios habilitados por el Ayuntamiento de Peñarroya-Pueblonuevo para dicho servicio.

Artículo 10. Calendario Escolar

El Aula Municipal de Música y Promoción Cultural seguirá el calendario escolar establecido por la comunidad educativa para la localidad de Peñarroya-Pueblonuevo.

Artículo 11. Cuotas de Escolaridad

1. Los precios del Aula Municipal de Música serán fijados por el Ayuntamiento de Peñarroya-Pueblonuevo y serán abonados por los usuarios con la periodicidad que se determine a la empresa concesionaria.

2. La falta de abono de dos o más mensualidades consecutivas o alternas en un mismo curso académico supondrá la renuncia a la plaza.

IV. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS Y PADRES

Artículo 12. Derechos y Deberes del Alumnado

Todos los alumnos tienen los mismos derechos y deberes, sin más distinciones que las derivadas de su edad.

Artículo 13. Derechos de los Alumnos

Son derechos de los alumnos los siguientes:

a) Recibir una formación que asegure, al menos, la consecución de los objetivos mínimos contemplados en el plan de estudios de la Aula.

b) Solicitar sesión de tutoría en el horario previsto para ello.

c) Ser evaluados en su rendimiento con plena objetividad.

d) Ser informados sobre los sistemas y criterios de evaluación por los profesores.

e) Solicitar cuantas aclaraciones consideren precisas acerca de las valoraciones que se realicen sobre su proceso de aprendizaje. En caso de que, tras las oportunas aclaraciones, exista desacuerdo con las calificaciones finales, podrán solicitar por escrito la revisión de dicha calificación o decisión.

f) Utilizar las instalaciones de la Aula con las limitaciones derivadas de la programación, de actividades escolares y extraescolares y con las debidas precauciones, en relación con la seguridad de las personas, la adecuada conservación de los recursos y el correcto destino de los mismos.

g) Participar en el funcionamiento y en la vida de la Aula.

h) Ser informados de las faltas cometidas y sanciones correspondientes.

i) Desarrollar su actividad en la Aula en las debidas condiciones de seguridad e higiene.

Artículo 14. Deberes de los Alumnos

Son deberes de los alumnos los siguientes:

a) Asistir a clase y participar en las actividades orientadas al desarrollo del plan de estudios, manteniendo la debida aplicación.

b) Respetar rigurosamente los horarios aprobados para el desarrollo de las actividades de la Aula.

c) Seguir las orientaciones del profesorado respecto de su aprendizaje y mostrarle el debido respeto y consideración.

d) Respetar el ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros.

e) Avisar con antelación de las ausencias que se puedan prever, especialmente si se trata de ensayos o actividades de igual consideración.

f) No abandonar la Aula durante las horas lectivas, en caso de alumnos menores de edad, salvo permiso expreso de padres o tutores.

g) Respetar el Proyecto Educativo y el carácter propio de la Aula, de acuerdo con la legislación vigente.

h) Participar en la vida y funcionamiento de la Aula.

i) Participar en los conciertos y actividades públicas de la Aula. Un cierto número de estas actividades forman parte íntegramente de la enseñanza. La falta de asistencia será considerada como si faltara a una clase.

j) Asistir a todos los ensayos y a las actuaciones correspondientes, salvo causa justificada.

k) Cuidar y utilizar correctamente los bienes, muebles, instrumentos y las instalaciones de la Aula, así como respetar las pertenencias de los otros miembros de la comunidad educativa.

l) Los usuarios deberán en todo momento hacer buen uso tanto de las instalaciones como del mobiliario y material del Aula.

m) El abono mensual de los precios

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