Boletín nº 193 (07-10-2014)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 6.581/2014

Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 211/2014 Negociado: V

Sobre: Reclamación de Cantidad

De: Andrés Román Muñoz

Contra: Recubrimientos del Sur 2012 SL

 

DOÑA MARINA MELÉNDEZ-VALDÉS MUÑOZ, SECRETARIA JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE CÓRDOBA,

HACE SABER

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 211/2014, a instancia de la parte actora don Andrés Román Muñoz contra Recubrimientos del Sur 2012 SL, se ha dictado Auto del tenor literal siguiente:

"S.Sª. Iltma. Dijo: Procédase a la ejecución de la sentencia por la suma de 9.796,04 en concepto de principal, más la de 587,76 calculadas para intereses y 979,60 euros presupuestados para intereses y costas, mas las costas en los términos del fundamento de derecho cuarto de la sentencia y habiendo sido declarada la ejecutada Recubrimientos del Sur 2012 SL, en insolvencia provisional dése audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de cinco días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones del deudor que puedan ser objeto de embargo.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe Recurso de Reposición, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo. Sr. don Antonio Jesús Rodríguez Castilla, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba. Doy fe".

Y para que sirva de notificación al demandado Recubrimientos del Sur 2012 SL, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 15 de septiembre de 2014. La Secretaria Judicial, firma ilegible.

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