Boletín nº 208 (30-10-2014)

VI. Administración Local

Mancomunidad de Municipios Los Pedroches
Córdoba

Nº. 7.209/2014

De conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley Orgánica 2/2012, de de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, en relación con el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se publica la aprobación definitiva del Plan Económico Financiero, aprobado inicialmente en sesión ordinaria de la Junta de Mancomunidad de Municipios de Los Pedroches de fecha 2 de septiembre de 2014 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 184, de 24 de septiembre de 2014, cuyo texto integro se inserta a continuación. 

PLAN ECONÓMICO-FINANCIERO DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LOS PEDROCHES

1. Consideraciones Previas. Normativa Aplicable

La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, establece para las entidades Locales la obligación que la elaboración, aprobación y ejecución de los Presupuestos y demás actuaciones que afecten a los gastos o ingresos de los sujetos comprendidos en el ámbito de aplicación de la mencionada normativa, se realizarán en un marco de estabilidad presupuestaria, coherente con la normativa europea.

Se entenderá por estabilidad presupuestaria, la situación de equilibrio o superávit estructural. Conforme establece el artículo 11.3 y 11.4 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, las Corporaciones Locales no podrán incurrir en déficit estructural, definido como déficit ajustado del ciclo, neto de medidas excepcionales y temporales, por lo que deberán mantener una posición de equilibrio o superávit presupuestario.

Según establece el artículo 12 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, la variación del gasto computable no podrá superar la tasa de referencia de crecimiento del Producto Interior Bruto de medio plazo de la economía española. La tasa de referencia para el cálculo de la regla de gasto será publicada por el Ministerio de Economía y Competitividad, conforme el artículo 12.3 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril.

De acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera en su artículo 21, en caso de incumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, del objetivo de deuda pública o de la regla de gasto, la entidad debe formular un plan económico-financiero que permita en un año el cumplimiento de los objetivos o de la regla de gasto.

Asimismo es de aplicación la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por el que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en el LO 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, así como el Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su aplicación a las Entidades Locales.

2. Diagnostico Económico Financiero del Municipio

A. Estructura económica del municipio

A.1 INGRESOS.

Se tienen en cuenta los datos de los 3 ejercicios económicos anteriores, que son 2011, 2012 y 2013.

A.1.1 Totales.

El total de recursos liquidados se situó en

Ejercicio

2011

2012

2013

DDRRNN

1.495.985,55

1.355.278,60

1.148.731,23

A.1.2 Corrientes.

El total de ingresos corrientes se situó en

Ejercicio

2011

2012

2013

DDRRNN

Cap. 1 a 5

728.340,58

1.355.278,60

1.148.731,23

A.1.3 De capital y financieros.

Y el total de ingresos de capital

Ejercicio

2011

2012

2013

DDRRNN

Cap. 6 a 9

767.617,97

---

---

A.1.4 Capítulos económicos más representativos.

-En el ejercicio 2011 se recoge en el Capítulo 7. Transferencias de capital, un total de 767.617,97 euros de Derechos Reconocidos Netos, correspondientes a la financiación por parte de la Consejería de Turismo de la Junta de Andalucía de los proyectos englobados dentro del II Plan de Acción de la ITS Los Pedroches de la que esta entidad ha sido promotora, finalizada en la actualidad.

-Respecto de las transferencias corrientes, se recogen con carácter general, además de la aportación ordinaria de los Ayuntamientos integrantes de la Mancomunidad, la financiación de los programas subvencionados por otras Administraciones, y como novedad, a partir del ejercicio 2012, se consigna la aplicación 01.46201. Aportación extraordinaria Ayuntamientos, como consecuencia de la aprobación por la Junta de Mancomunidad, del Plan de Eliminación del Déficit 2012-2015, por importe anual de 184.323,66 euros.

A.2 GASTOS

A.2.1 Totales.

El total de OORRNN se situó en

Ejercicio

2011

2012

2013

OORRNN

1.344.360,59

1.259.141,78

1.180.285,11

A.2.2 Corrientes.

El total de gastos corrientes se situó en

Ejercicio

2011

2012

2013

OORRNN

Cap. 1 a 4

983.366,63

972.041,20

899.876,47

A.2.3 De capital.

Y el total de gastos de capital

Ejercicio

2011

2012

2013

OORRNN

Cap. 6 a 9

360.993,96

287.100,58

280.408,64

A.2.4 Financieros.

El total de gastos financieros en la Mancomunidad se situó en

Ejercicio

2011

2012

2013

Cap. 3

538,31

133,32

56.335,04

A.2.5 Capítulos económicos más representativos.

-Los gastos han correspondido en su mayoría a la ejecución de los programas previstos y concedidos por resolución, así como a aquellos gastos propios derivados del funcionamiento ordinario de la entidad, relativos a personal y gastos corrientes.

-El incremento de gastos financieros en el ejercicio 2013 corresponde al convenio suscrito con la entidad BBVA regulador de las condiciones y calendario de pagos de la deuda mantenida con la misma, aprobado por la Junta de Mancomunidad en sesión de fecha 4 de junio de 2013, y consignados en la aplicación presupuestaria 01.01100.310 Intereses Póliza de Crédito.

A.3 CUENTA FINANCIERA.

Con la llamada cuenta financiera podemos analizar dos equilibrios básicos: por un lado equilibrio ingresos y gastos corrientes, por otro equilibrio de ingresos y gastos de capital; así, al final de los ejercicios analizados, 2011, 2012 y 2013, y después de los ajustes reglamentarios, la mancomunidad obtuvo resultados presupuestarios ajustados.

Ejercicio

2011

2012

2013

Resultado Presupuestario Ajustado

-169.041,73

246.124,50

169.975,38

B. Análisis de las principales variables financieras.

B.1 REMANENTE DE TESORERÍA.

B.1.1 Remanente de tesorería para gastos generales.

Durante todo el periodo analizado el remanente para gastos generales ha mostrado los siguientes valores:

EJERCICIO

REMANENTE DE TESORERÍA PARA GASTOS GENERALES

2011

- 548.432,81 €

2012

- 216.373,39 €

2013

  - 86.662,97 €

B.1.2 Pendiente de cobro de cerrado.

Ejercicio

2011

2012

2013

498.241,94

756.820,69

848.356,96

B.1.3 Pendiente de pago de cerrado.

Ejercicio

2011

2012

2013

125.080,48

118.889,45

71.296,08

B.2 AHORRO NETO.

En 2014 el ahorro neto (ahorro bruto-carga financiera) es de 184.323,66 euros, suponiendo un 2,89% sobre los ingresos corrientes.

B.3 CARGA FINANCIERA.

-A final del ejercicio 2013, la carga financiera asciende a 538,31 euros. Respecto de lo anterior, el nivel de endeudamiento (carga financiera / ingresos corrientes) ascendería a 0,00074%.

B.4 DEUDA CON ENTIDADES FINANCIERAS.

Importe de la deuda concertada por la entidad local pendiente de amortizar a 31 de diciembre de 2013. Se computa el importe de todas las operaciones tenidas en cuenta a efectos de tutela financiera (préstamos, avales&). No se computan las operaciones de tesorería concertadas con objeto de hacer frente a desfases transitorios entre cobros y pagos.

A este respecto indicar que la el total de deuda con entidades financieras a 31/12/2013, y por tanto, a cierre de 2013, corresponde a 333.552,75 euros, y se sitúa en el 29,04% de sus ingresos corrientes.

B.5 ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA.

La Mancomunidad presenta, respecto a la liquidación correspondiente al ejercicio 2013, incumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, a saber:

Capítulos 1-7 de ingresos: 1.148.731,23

Capítulo 1-7 de gastos: 1.180.285,11

A B = - 31.553,88

B.6 REGLA DE GASTO.

Respecto de la regla de gasto, la Mancomunidad incumple la regla de gasto, tal y como se analiza en el apartado 4.

C. CONCLUSIONES.

A los efectos anteriores se presenta para su aprobación el presente Plan económico-financiero que recoge los parámetros económicos, las causas de los incumplimientos, así como las medidas a adoptar.

3. Relación de Entidades Dependientes

La Mancomunidad de Municipios de Los Pedroches no tiene ningún organismo autónomo, ni ninguna Entidad pública empresarial ni ninguna Sociedad mercantil que dependa de él.

4. Informe de Evaluación de Incumplimiento de la Regla de Gasto.

El informe de Intervención de fecha 20 de febrero de 2014 relativo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014, aprobado inicialmente por la Junta de Mancomunidad en sesión de fecha 4 de marzo de 2014, ponía de manifiesto el incumplimiento del objetivo de regla de gasto en los términos establecidos en la normativa de aplicación a que se ha hecho referencia anteriormente. Así:

Liquidación 2013 (por estimación, según Instrucciones de la IGAE)

Presupuesto 2014

Suma Cap. 1 a 7 de Gastos

(excluidos intereses de la deuda//Cap. 3)

1.122.073,61

347.410,00

Ajustes:

Cálculo Empleos no financieros según el SEC

Otros (inejecución)*

Gastos financiados fondos finalistas procedentes de UE u otras AAPP:

-UE

-CA

-Diputación

-Otras AAPP (Ayuntamientos)

0

- 838.662,72

  - 15.000,00

  - 28.121.14

0

0

  - 20.000,00

0

Total gasto computable ejercicio

240.289,75

327.410,00

* Inejecución: en este ejercicio no se considera.

Gasto computable

Liq. 2013 (por estimación)

Tasa referencia

(1,5%)

Límite

Regla Gasto (A)

Gasto computable

Presup. 2014 (B)

240.289,75

3.604,35

243.894,10

327.410,00

Tal y como se indicaba en el mismo, en el caso de que una entidad local apruebe sus presupuestos incumpliendo los objetivos de estabilidad presupuestaria, de deuda pública o de regla de gasto, se deberá formular un Plan económico-financiero que permita en un año el cumplimiento de los objetivos citados o de la regla de gasto.

Una vez aprobada la liquidación correspondiente al ejercicio 2013, los parámetros reflejan el resultado de incumplimiento de la regla de gasto de un 0,43% por encima del 1,7% permitido (haciendo un total de 2,13%).

5. Plan Económico Financiero 2014

A. Causas del incumplimiento

La diferencia entre el cumplimiento de la regla de gasto en el Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013, frente al incumplimiento en el ejercicio 2014, debemos situarlo en lo que ha venido a llamarse ajuste por inejecución: De esta manera, el análisis del cumplimiento de la regla de gasto para el Presupuesto 2013 era el siguiente:

Liquidación 2012 (por estimación, según Instrucciones de la IGAE)

Presupuesto 2013

Suma Cap. 1 a 7 de Gastos

(excluidos intereses de la deuda//Cap. 3)

1.381.068,31

1.250.882,31

Ajustes:

Cálculo Empleos no financieros según el SEC

Otros (inejecución)*

Gastos financiados fondos finalistas procedentes de UE u otras AAPP:

-UE

-CA

-Diputación

-Otras AAPP (Ayuntamientos)

-101.500,00

0

- 983.753,31

  - 40.000,00

0

  -96.400,00

0

- 809.823,31

  - 30.000,00

  - 56.246,00

Total gasto computable ejercicio

255.815,00

258.413,00

* Inejecución: correspondiente al ejercicio 2012: total 101.500,00 euros (con el desglose: 86.500,00 de gastos de personal; 9.800,00 de gastos de órganos de gobierno; 2.000,00 de la Muestra de Teatro Clásico y 3.200,00 de la Muestra Gastronómica).

Correspondiente al ejercicio 2013: total 96.400,00 euros (correspondiente en su totalidad a gastos de personal).

Gasto computable

Liq. 2012 (por estimación)

Tasa referencia

(1,7%)

Límite

Regla Gasto (A)

Gasto computable

Presup. 2013 (B)

255.815,00

260.163,86

260.163,86

258.413,00

Frente al análisis del cumplimiento de la regla de gasto correspondiente al Presupuesto del ejercicio 2014 (transcrito en el apartado 4 del presente informe).

En el ejercicio 2013 se hizo una previsión inicial de ajuste por inejecución de aquellas partidas que previsiblemente no iban a ser ejecutas, correspondientes principalmente a gastos de personal, toda vez que el mismo había sido adscrito a la ejecución de diferentes programas financiados por otra administración, y no con cargo a la partida de personal propio, si bien, a la fecha de aprobación del presupuesto para el ejercicio 2014 no se había recibido resolución favorable alguna de mantenimiento de dichos programas, frente a la voluntad manifestada por la propia Junta de Mancomunidad de modificar la denominación de determinados puestos de trabajo en orden a poder acomodarlos a los servicios propios a prestar por la misma Mancomunidad que resulten del proceso de adaptación de estatutos que igualmente está siendo tramitado en la actualidad, por lo que no se consideró prudente calificar de inejecutables las aplicaciones presupuestarias correspondientes a esos puestos.

A este escenario hay que añadirle otra causa por la que no ha sido posible reducir el gasto hasta el tope de la regla de gasto, cual es que en mencionados programas subvencionados, se dispone la posibilidad de incluir gastos fijos e inexcusables de la Mancomunidad, aunque sea con un límite, como personal u otros conceptos de gastos corriente, lo que, de no recibir subvenciones, ha de realizarse en su totalidad con cargo al propio presupuesto, no haciendo posible reducir en mayor cuantía de lo previsto, el estado de gastos del Presupuesto, pues de otra manera se convertiría en un estado poco realista o fiable.

De lo que se puede concluir que más que un incremento de gasto, ha sido causado por su fuente de financiación.

B. Proyección de resultados

Analizados los parámetros que ofrece la evolución del remanente de tesorería de los tres últimos ejercicios económicos:

EJERCICIO

REMANENTE DE TESORERÍA PARA GASTOS GENERALES

2011

- 548.432,81 €

2012

- 216.373,39 €

2013

  - 86.662,97 €

Y siendo que la Junta de Mancomunidad, en sesión de fecha 13 de diciembre de 2011, aprobó un Plan de Eliminación de Déficit a cuatro años, 2012-2015, destinado a eliminar el Remanente de Tesorería Negativo, aún en vigor.

C. Proyección del cumplimiento de la REGLA DE GASTO y medidas a adoptar.

La Regla de Gastos es una regla fiscal que lo que pretende es limitar el gasto computable de tal forma que éste no crezca de un ejercicio económico a otro nada más que el porcentaje aprobado por el Congreso de los Diputados. Esta magnitud fiscal fue introducida para los presupuestos del ejercicio 2013 y lo que pretende es obtener un mayor ahorro público imponiendo coto al incremento del gasto que no vaya acompañado de medidas complementarias de incrementos de la recaudación.

De esta manera, y al amparo del análisis de la evolución del Remanente de Tesorería para gastos generales, puede concluirse que la Mancomunidad, desde la aprobación del Plan de Eliminación de déficit con vigencia para los ejercicios 2012-2015, ha conseguido el objetivo pretendido con el mismo, cual es la reducción del mismo de manera progresiva, junto con medidas adicionales adoptadas, como han sido principalmente la reducción del gasto corriente y la elaboración de presupuestos ajustados en su estado de ingresos. No obstante lo anterior, el incumplimiento de la regla de gasto para el ejercicio 2014 se ha producido, principalmente por lo expuesto en el apartado 5.A del presente documento, por lo que se deben tomar las siguientes medidas tendentes a su cumplimiento:

-Mantener la aportación extraordinaria de los Ayuntamientos como consecuencia de la aprobación del Plan de Eliminación de déficit en su última anualidad 2015, consiguiendo de esta manera incrementar los ingresos por encima de las previsiones ordinarias.

-Como consecuencia de lo anterior, la aprobación del ejercicio 2015 con superávit en el importe correspondiente a la anualidad 2015 de dicho Plan, que deber traducirse en la eliminación prevista del remanente de tesorería negativo.

-La aprobación del Presupuesto para el ejercicio 2015 sin incumplimiento de la regla de gasto, toda vez que ha sido en el ejercicio 2014 en el que se han financiado con recursos propios parte de gastos corrientes inexcusables que durante reiterados ejercicios se habían realizado mediante financiación externa. Así, como se ha dicho anteriormente, aunque en la realidad no se ha tratado de incremento de gasto, no se hace variar lo que se considera como gasto computable en función de las subvenciones recibidas.

-Contrataciones temporales para proyectos concretos que cuenten con la pertinente financiación por proceder de financiación externa prevista inicialmente en el Estado de Gastos del Presupuesto o se generen con la concesión de subvenciones.

-Continuar con las medidas de contención del gasto real para que al final del ejercicio no sea superior al presupuestado al inicio del mismo.

-Respecto de los puestos consignados en el Presupuesto y que a la fecha no están siendo ocupados, de incluirlos como inejecución para el ejercicio 2015, no utilizar las aplicaciones presupuestarias de los mismos, y por lo tanto, no proceder a la contratación de nuevo personal.

E. Conclusiones

De acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera en su artículo 21, en caso de incumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, del objetivo de deuda pública o de la regla de gasto, la entidad local debe formular un plan económico-financiero que permita en el año en curso y el siguiente el cumplimiento de los objetivos o de la regla de gasto.

A estos efectos se ha elaborado y presentado el presente documento, cuyo seguimiento se realizará por la Comisión de Hacienda y Desarrollo Económico a finales del presente ejercicio, dadas las fechas de su aprobación, y con carácter previo a la aprobación del Presupuesto para 2015, por si hubiera alguna medida adicional que adoptar.

En Alcaracejos, a 15 de octubre de 2014. El Presidente, Fdo. Juan Díaz Caballero.

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