Boletín nº 219 (13-11-2014)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Doña Mencía

Nº. 7.809/2014

Doña Juana Baena Alcántara, Alcaldesa-Presidenta del Excelentísimo Ayuntamiento de Doña Mencía (Córdoba), hace saber:

Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 3 de noviembre de 2014, acordó provisionalmente la modificación de las ordenanzas fiscales que seguidamente se detallan:

-Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.

-Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por la utilización del salón de actos y dependencias auxiliares de la Casa de la Cultura.

-Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de Mercado de Abastos.

-Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público local con puestos, barracas y casetas.

-Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por la prestación de servicios deportivos y de Piscina Municipal.

De conformidad con lo establecido en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, el acuerdo de aprobación provisional y las correspondientes Ordenanzas Fiscales modificadas se someten a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, período durante el cual el expediente podrá ser examinado en la Secretaría-Intervención de esta Entidad y presentarse las alegaciones, reclamaciones y sugerencias que se estimen oportunas.

Si transcurrido el plazo indicado no se hubiesen presentado alegaciones, reclamaciones ni sugerencias, quedará elevado automáticamente a definitivo el acuerdo el acuerdo de aprobación provisional.

Doña Mencía, 4 de noviembre de 2014. La Alcaldesa, Fdo. Juana Baena Alcántara.

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